domingo, 8 de febrero de 2009

FACULTAD DE EDUCACION INICIO AUTOEVALUACION Y ACREDITACION



Piura, 6 de Febrero de 2009.- La Facultad de Ciencias Sociales y Educación de la Universidad Nacional de Piura, inició formalmente el proceso de Auto autoevaluación y acreditación el día viernes 6 de febrero, en el cual participan autoridades, docentes, estudiantes, personal administrativo y egresados de esta facultad.

El Dr. Antenor Aliaga Zegarra, Rector de la UNP, Dr. Manuel Purizaca Benites, Vicerrector Administrativo y el Dr. Héctor Castillo Moulet, Decano de la Facultad de Ciencias Sociales y Educación firmaron un acta de compromiso para apoyar este proceso, en el cual están comprometidos desde el inició de su gestión afirmó el Dr. Aliaga por lo cual se creó la Oficina Central de Acreditación, Formulación y control académico en la UNP.

La firma del Acta se dio en el marco del desarrollo de Taller de Autoevaluación para docentes, administrativos, estudiantes y representantes de los egresados, realizado en la sala de conferencias de la UNP, el cual estuvo dirigido por la Dra. Delma Flores Farfán y Lic. Micaela Pérez Gonzáles. Dicha acta se enviará al CONEAU y a la Asamblea Nacional de Rectores (ANR) para informar que se ha dado inicio a este proceso.

En este taller se elaboraron los lineamientos generales como Facultad para ser aplicados a cada carrera profesional. Se informó que según los plazos establecidos la Facultad deberá pedir su autoevaluación en el año 2010. Para oficializar este proceso se ha emitido una resolución en Consejo de Facultad la misma que se ha elevado a Consejo Universitario para su ratificación.

Al referirse a este proceso, la Lic. Janet Alcántara Masías, docente de Inicial, señala que la autoevaluación debería ser normada y obligatoria, porque los docentes tienen un periodo de dos años para estar debidamente acreditados.El Lic. Héctor Castro Mondragón manifestó "Ya estamos claros, ya tomamos conciencia de este proceso, esta Comisión de Autoevaluación y Acreditación nos está demostrando que vamos a acreditar".

La Facultad de Ciencias Sociales y Educación ha creado una Comisión Central y Comisiones de Autoevaluación y Acreditación de las carreras profesionales de esta Facultad, para cumplir con la exigencia de la Acreditación dispuesta por el Gobierno Central para las Facultades de Educación de todo el país, y así garantizar la calidad de la formación docente.La Lic. Micaela Pérez informó al inicio del Taller que se ha elaborado un Plan de Trabajo de Autoevaluación y Acreditación de las carreras profesionales de la Facultad de Ciencias Sociales y Educación de la UNP y en el marco de este plan se ha organizado el Diplomado en Calidad Universitaria: Autoevaluación y Acreditación.

El objetivo de este diplomado es Fomentar la conciencia sobre el Sistema de aseguramiento y acreditación de la calidad de la educación superior en el Perú, promoviendo la cultura de calidad; afianzando en los profesionales que constituyen los equipos de trabajo, el uso adecuado de métodos, técnicas e instrumentos en el proceso de autoevaluación. La Dra. María Elena Huilca, Jefa de la Central de Acreditación, Formulación y control académico en la UNP explicó la Ley 28740 Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y certificación de la Calidad Educativa (SINEACE) y su Reglamento.

La Dra. Huilca recordó que la acreditación se da cada 3 años, por lo tanto "tenemos que estar en permanente proceso de mejora. Se tiene que acreditar por carreras profesionales", asimismo dijo que una de las fortalezas de la facultad era la participación de un buen número de docentes en el Seminario Taller de Formación de Especialistas en Autoevaluación" realizado en el 2008.

COMISIÓN CENTRAL:
Decano: Dr. Héctor Augusto Castillo Moulet.
Jefe del Departamento Académico:Lic. Julio César Fernández Carmona
Secretaria Académica:Dra. Liliam Enriqueta Hidalgo Benites
Jefa de la Oficina Administrativa:Lic. María Silva Sernaqué
Apoyo:Mg. Margarita Távara Alvarado
COMISIÓN EJECUTIVA:
Presidenta: Dra. Delma Flores Farfán
Secretaria:Mg. Micaela Aurora Pérez Gonzáles.
Vocales :Gerardo De los Santos Chuquimarca (administrativo);Franklin Arrunátegui Saldarriaga (egresado).

GRAFICA: El Rector Antenor Aliaga suscribe acta de compromiso para la acreditación de la Facultad de Ciencias Sociales y Educación de la UNP.

jueves, 17 de julio de 2008

ACREDITACION ANR UNP MODULO I


Requisitos para aprobar el Módulo 1:

1.- Participar individualmente en los 3 foros
2.- Desarrollar en Equipo las 4 tareas
3.- Desarrollar en Equipo los capítulos 1 y 2 del TRABAJO INTEGRADOR

PLAZO DE ENTREGA: 8 de Agosto 2008

I.- FOROS INDIVIDUALES

FORO 1.- EL PERÚ EN EL MARCO INTERNACIONAL
1.- Comentar, con un enfoque sistémico, porque la mayoría de universidades peruanas no cuentan con sistemas para gestionar la calidad.
La Universidad Peruana
2.- ¿Cuales serían sus recomendaciones para solucionar esta deficiencia?

FORO 2.- EL LIDERAZGO EN LA UNIVERSIDAD
1.- Comentar sobre el tipo de liderazgo que existe en su Facultad y en la Universidad.
2.- ¿Es adecuado para iniciar y sustentar procesos de auto evaluación, acreditación?
3.- ¿Que recomendaciones haría para mejorar el nivel de liderazgo en la Universidad?

FORO 3.- IMPORTANCIA DEL MODULO 1
a) Comentar, sobre la importancia de los conceptos revisados en este Módulo 1, para iniciar un proceso sostenible de mejora de la calidad en nuestras universidades.
(Es indispensable utilizar los términos revisados en las sesiones presenciales)

II.- TRABAJO EN EQUIPO (4 TAREAS)

TAREA 1.- Trabajando en equipo, favor de realizar un mapa conceptual, que integre todos los conceptos relacionados con la gestión de una Universidad. Enviar en formato power point (ppt) o en formato del CmapsTools y lo suben comprimido (zip).

TAREA 2.- Preparar en equipo, un mapa conceptual sobre el término Calidad, que tome en cuenta todos los conceptos relacionados con la Calidad y Calidad universitaria. Presentarlo en formato power point (ppt) o en formato del Cmaps y lo envía comprimido (Zip). (Nota: Puede hacerlo con el Software CmapsTools, exportarlo como imagen y pegarlo al PPT)

TAREA 3.- Enviar un mapa conceptual sobre todos los conceptos relacionados con Cultura organizacional.

TAREA 4: Trabajando en equipo, favor de enviar un mapa conceptual sobre las diferentes formas de promover la calidad en la educación superior.

III.- TRABAJO INTEGRADOR
Título: Aplicación del Modelo de Autoevaluación de la ANR en la Universidad Nacional de Piura

Capítulo 1: Introducción
* Con un enfoque sistémico, describa en qué contexto de su Universidad y Facultad, se realiza el trabajo.
* ¿Cuál es el estado general actual de la Facultad y carrera seleccionadas?
* ¿Existen colegas ya capacitados en estos temas? ¿Desde cuándo y dónde?
* ¿Qué factores a favor y en contra existen para implementar un proceso de autoevaluación?
* Otros

Capítulo 2: Descripción de la Facultad y carrera o programa
2.1. Descripción General (Cuadro de datos de alumnos, infraestructura, egresados, etc).
2.2. Historia de la facultad y carrera.
2.3. Análisis de la Cultura organizacional.
2.4. Análisis del liderazgo para promover la calidad.
2.5. Acciones realizadas respecto a calidad universitaria
2.6. Terminología a utilizar en el proceso

viernes, 27 de junio de 2008

ESTÁNDARES PARA LA FORMACIÓN DE PROFESORES Y ACREDITACIÓN DE FACULTADES DE EDUCACIÓN EN PERÚ. ESTUDIO DE CASOS


Dr. Francisco Farro Custodio*

INTRODUCCIÓN
La presente exposición, Estándares para la formación de profesores y acreditación de facultades de educación en Perú. Estudio de casos, pretende contribuir al desarrollo del conocimiento teórico y metodológico de la formación profesional docente, así como a la definición operacional e implementación de los estándares de calidad para la formación de profesores conducente a la acreditación de las facultades de educación del país.

Para lograr este propósito, el contenido del presente trabajo ha sido estructurado
en cinco partes: en la primera parte, denominada Fundamentación teórica, se realiza una revisión sistematizada y actualizada de las experiencias e investigaciones que se vienen realizando en el campo del impacto de la globalización en la educación superior; específicamente, en la evaluación del desempeño de los docentes, su formación profesional y evaluación de desempeño.

En la segunda parte, Estándares para la formación inicial de profesores, se describen las experiencias exitosas en el tema: de los Estados Unidos de América y de Chile. En la tercera parte, Modelo de evaluación de competencias terminales para estudiantes de pedagogía, se describen y grafican las variables
Mas relevantes que intervienen en la especificación y evaluación de competencias
terminales en la carrera de Educación.

En la cuarta parte, Estándares de calidad para la acreditación de las facultades de educación, presentamos, en un modelo integrado, los principios, los factores, los estándares mínimos y los instrumentos para facilitar los procesos
de autoevaluación, autorregulación y acreditación universitaria. En la quinta parte, Comentario final, efectuamos una reflexión terminal al presente trabajo.

I. FUNDAMENTACIÓN TEÓRICA
1.1. Generalidades
Un punto importante que muestran las investigaciones es que el desempeño que se observa en los profesores aparece asociado a la formación recibida y a la calidad de los programas que proveen esta preparación para enseñar. Se reconocen tradicionalmente tres dimensiones que deben ser desarrolladas en la formación profesional y particularmente en la formación de los profesores: saber, saber ser y saber hacer. Saber evolucionar 1, es decir, la capacidad de reconocer y adaptarse a los tiempos, también parece ser un componente para estos profesionales que deben reconocer las claves culturales de las nuevas generaciones. Una dimensión importante y no debidamente considerada en los estudios y en los proyectos de calidad de la formación de profesores es la dimensión: aprender a vivir juntos. La Comisión Internacional sobre Educación para el siglo XXI de la UNESCO incorpora esta dimensión como una de las competencias de alta significatividad para la sociedad y para los tiempos presentes.

Prepararse para la convivencia y para convivencia en democracia apunta a desarrollar y evaluar valores y actitudes, como por ejemplo, el profundo respeto a la persona del otro y a sus derechos, lo que involucra empatía, tolerancia, solidaridad, apertura, donación, respeto a la diversidad, equidad y diálogo. Los estándares que describen el desempeño profesional de calidad se consideran aspectos claves en el aseguramiento de la calidad del desempeño docente. Los estándares de profesores, al igual que aquellos que se construyen para otros campos profesionales, lo hacen fundamentalmente a partir del amalgamiento entre el conocimiento teórico y el conocimiento práctico, lo que se manifiesta en competencias relacionadas con un cuerpo de conocimiento experto (saber) y competencias o saberes instrumentales que le permiten al profesor ser competente para desempeñarse en una variedad de contextos escolares y de marcos sociales y culturales diversos.

En el intento por definir los marcos que determinan concretamente el rol docente y sus saberes se ha reflexionado en torno a la vorágine del cambio, la dinámica del sistema educacional, la calidad en la educación y la formación docente y sus funciones. A partir de ello surgen las interrogantes: ¿Qué hay tras estos cambios?, ¿qué tipos de instituciones, actores y procesos están en juego en el modelamiento de la experiencia de formación y, por tanto, de las competencias del profesorado?
En este proceso está en juego el componente central de la identidad profesional del profesorado, es decir, su saber específico. Su identidad profesional está en estrecha conexión con un cuerpo de saberes distintivos, y su identidad social está ligada a una posición social que define expectativas y nociones sobre lo adecuado, nociones que se organizan en relación a otras posiciones de la división social del trabajo.

Según Bourdieu: «Las agencias, agentes y procesos que constituyen el fenómeno de la formación de profesores participan o se ven determinados por tres formas de existencia de los símbolos» .El resultado de la formación es una determinada identidad profesional, constituida tanto por el conjunto de competencias adquiridas, como por los efectos del posicionamiento social de la profesión docente y sus instituciones de entrenamiento.

En la formación docente se ha observado un incremento en el enfoque de competencias. Bajo este enfoque subyace la necesidad de tener criterios observables, que deberían servir de base para la formación de profesores. Esto se basa en un nuevo paradigma, en el cual las competencias son las expresiones específicas del currículo comprensivo. Ante el atiborramiento de la mente, el exceso de explicaciones y el uso de los libros, surge la psicología cognitiva, como una respuesta tentativa. Sin embargo, el enfoque de las competencias debiera abarcar la necesidad de resolver un conjunto de problemas vinculados con los fines y las prácticas pedagógicas. Las competencias incluyen un saber y un uso específico del conocimiento. No basta con saber qué es el conocimiento sino que se requiere saber para qué sirve.

1.2 La universidad peruana y la globalización de la educación
La globalización como toda ideología, doctrina, tesis o teoría, tiene defensores y opositores. Para los defensores de la globalización, ésta es una suerte de procesos integrados que ha nacido con el avance incontenible de los medios de comunicación electrónicos y que tiene la virtud de eliminar distancias, acrecentar el conocimiento, generar cambios acelerados y facilitar el crecimiento de los negocios y de las inversiones. En cambio, los opositores sostienen que la globalización es el camino fácil y directo para que los ricos sean más ricos y los pobres más pobres.

Tanto los defensores como los opositores vienen exponiendo sus ideas y argumentos a través de sus obras, en eventos nacionales e internacionales, en los medios de comunicación social y hasta en masivas manifestaciones a favor o en contra (Cornejo, 2002) .

• NN.UU. : «La mundialización está generando nuevas amenazas a la seguridad humana, tanto en los países ricos como en los países pobres: 1) Volatilidad económica e inseguridad financiera, 2) Inseguridad de los empleos y de los ingresos, 3) Inseguridad en materia de salud, 4) Inseguridad cultural, 5) Inseguridad personal, 6) Inseguridad ambiental, 7) Inseguridad política y de la comunidad.

• Annan , Secretario General de la ONU: «Si queremos que la globalización nos brinde lo mejor, debemos aprender a gobernar mejor a nivel local y nacional, y también a nivel internacional en forma de unidad». En el Perú, como es natural, la globalización, también, tiene defensores y opositores:
• Morelli : «Argentina es el laboratorio del caso más severo de desmanejo de la globalización. Sin reformar, Argentina continuará encareciéndose junto con el dólar. Como Ecuador. Como Perú. Sin papel en la economía global, ése sería el aviso de despedida para todos nosotros».

Pareciera que la globalización se ha concebido y aplica como una «teoría económica», sin embargo, ella ya ha invadido el campo de la Educación y corresponde a ésta, en todos sus niveles y modalidades, formar a los niños, jóvenes y adultos, varones y mujeres, para los acelerados cambios que se están produciendo y producirán, con mayor énfasis, en todas las áreas del quehacer humano.

• Sayal , Asesor Principal del Instituto Internacional de Planeamiento de la Educación de la UNESCO: «Los programas educativos de un país ya no pueden ser definidos en términos del país únicamente. La globalización de las sociedades demanda un sistema educativo, el cual tiene que conciliar el sistema internacional de valores, tales como la moral universal y las condiciones éticas de tolerancia, solidaridad y derechos humanos con los sistemas de valores locales y nacionales».

• Oliart , «Sobrevivir en el mundo globalizado exige nuevos individuos y la escuela de hoy propone patrones de comunicación y de integración social que subvierten el orden tradicional y, lo hacen insostenible...».

• Palomino «La globalización ha permitido y muchas veces ha promovido, un cambio radical en la concepción de la ‘educación’ asociada a expresiones como ‘la era de la información’, ‘la supercarretera de la información’ o la ‘sociedad del conocimiento’. La educación global requiere un cambio actitudinal importante en las personas a la par que una modificación de políticas en las instituciones». En este acelerado proceso de cambios, sin lugar a dudas, la mayor responsabilidad corresponde y corresponderá a la educación superior, y en ella a la Universidad, porque sus egresados deben ser de la más alta calidad humana y profesional.

• D‘ Alessio «La globalización de la economía y de los mercados exige, hoy día, una capacitación diferente a la tradicional que se ha impartido por muchos años en las escuelas de negocios, en la cual el componente «internacional» sea gravitante. Hay que graduarse de MBA con las competencias necesarias para insertarse en esta nueva economía y estar preparados para la dura competencia». Está a la vista que para vivir en la llamada «Aldea Global» se requiere competir y ganar, ser profesional del más alto nivel, ser un líder triunfador. A partir del conocimiento de la realidad de la universidad peruana y de lo expresado en las referencias bibliográficas, surgen algunas interrogantes:

- ¿Qué políticas de Estado, con apremiante urgencia, requiere la universidad peruana para orientar su quehacer de conformidad a su naturaleza, fines y objetivos?

- ¿Las universidades, públicas y privadas, con sus fortalezas y debilidades, están preparadas para ser partícipes de los acelerados cambios que genere e impone la globalización?

- ¿Cuál será el impacto de la globalización de la educación en las universidades del Perú?

- ¿Qué nuevos perfiles profesionales generará la globalización, respecto a la formación profesional?

- ¿Las universidades, públicas y privadas, cuentan con el potencial humano y con los recursos legales, económicos, tecnológicos, gerenciales, etc. para competir con éxito interna y externamente?

De la inmediata y efectiva respuesta a estas interrogantes y a otras, depende, en gran medida, que la universidad peruana afronte con éxito los desafíos de la globalización de la educación.

1.3. Hacia la comprensión del concepto de calidad
La calidad aparece como un concepto medular en la gestión educacional y, por ende, en el proceso de formación superior. No obstante, su concepción no es unívoca y se le define desde muy variadas perspectivas. Tomando algunas definiciones, se observa que la calidad es comprendida de forma muy distinta, es multidimensional, dependiendo por ejemplo, del nivel que en la estructura del sistema tienen los distintos actores, de la envergadura de las decisiones dentro del sistema, de los fines y objetivos que se empeñen en alcanzar. De hecho, la calidad en educación puede ser entendida como «excepción», como estándares excepcionalmente altos.

Se podría decir que se asocia, que trata con una élite (estudiantes, procesos académicos, servicios, etc.) y, en consecuencia, los resultados necesariamente son altos. Una segunda aproximación considera la calidad como adecuación a un
propósito. Es muy importante, en este sentido, definir claramente el «propósito» y «adecuación» o pertinencia de las estrategias desde la percepción de los árbitros o jueces relevantes para alcanzar la meta propuesta.

Esta concepción de la calidad como consistencia es, tal vez, una de las más recurrentes en el campo educacional. Una tercera definición de la calidad se asocia a «valor por dinero». En este campo, la calidad se refiere a la eficiencia y eficacia y entonces se podría pensar que la ecuación perfecta es mayor educación a un menor costo.

Una cuarta aproximación expresa que la calidad es un proceso de transformación
en el cual el estudiante es un participante activo. El proceso educativo puede transformarse por medio del estímulo y el emponderamiento del estudiante, vale decir, desarrollando conocimiento y habilidades, particularmente la habilidad para «pensar y actuar de tal manera que trascienda el sentido común, los prejuicios y los marcos de referencia» (Harvey & Knight, 1996) . La literatura muestra que la única definición significativa es la que se refiere a la transformación y considera la calidad como meta calidad.

En el caso de la educación superior, se supone que ésta debería transformar las experiencias de vida de los estudiantes (Bigss, 1989, Remsden, 1993) , y en ese sentido, habría que interrelacionar las distintas perspectivas de calidad al servicio de este propósito (Alvarez y otros, 2001) .En el contexto de la formación superior de profesores, la calidad necesita ser comprendida como un proceso de transformación, que no puede separarse de aprendizaje, enseñanza, evaluación, práctica y estructuras organizacionales, cultura de los departamentos y facultades (Horsburgh, 1998) 16.

1.4. Fines de la evaluación del desempeño de los docentes: metas,
estándares y evaluación
Las metas, los estándares y los procedimientos de evaluación forman parte central de todo proceso de mejoramiento de la educación. Interrelacionados, pueden expresar mucho de la calidad de un sistema y de los procesos de enseñanza-aprendizaje, toda vez que se asocian a la formulación de políticas que han orientado dicho sistema y tales prácticas. Las metas representan aspiraciones, resultados esperados. El establecimiento de éstas y su especificación es un paso importante para el mejoramiento educativo al igual que un proceso de evaluación bien diseñado.

Una vez que se han definido y consensuado las metas, es necesario establecer estándares concretos para alcanzarlas. Así, se establecen metas de mejoramiento en áreas disciplinarias específicas (p.e. lenguaje, matemática), se requiere establecer estándares curriculares en esas disciplinas que especifiquen qué deberían aprender los estudiantes, qué se debería enseñar
y cuál es el nivel de rendimiento que debería demostrarse. Junto a esto, el establecimiento de estándares produce un efecto importante en los actores, a saber, que eleva el nivel de expectativas acerca del desempeño, y, en muchos casos, la creación de un clima de altas aspiraciones para el aprendizaje de los alumnos y las alumnas.

Debido a que las evaluaciones emanan directamente de los estándares, en principio deberían crearse sólo después de haberse concluido la especificación de las metas y los estándares. En la práctica, el proceso tiende a ser interactivo. Las evaluaciones tratan de traducir los estándares a indicadores medibles del desempeño, preservando la intención o propósito original. Asimismo, es necesario considerar las condiciones o características socioculturales y educacionales del contexto de aplicación.

Los antecedentes antes señalados indican la importancia de establecer vínculos entre todos los elementos que contribuyan al logro de metas educativas y los diferentes componentes del proceso –alumnos, profesores
y currículo–, a fin de que las evaluaciones tengan la máxima eficacia (Álvarez y otros) . Un aspecto crucial en la especificación e interrelación de estos elementos
tiene que ver con la concepción de la evaluación misma y los fines o uso que se hará de la información que ésta genere. Este aspecto lo trataremos más adelante.

1.5. La formación inicial de profesores en una perspectiva de aprendizaje
La formación inicial de profesores supone la preparación de profesionales de la educación en distintas disciplinas, lo cual integra la formación pedagógica y la especializada. Por ello, y en la perspectiva de un proceso deformación de profesionales, lo que se evalúa no son conductas segmentadas, sino habilidades complejas. Esta complejidad, en el sentido de un ámbito que incluye variados tipos
de desempeños, requiere un modelo de evaluación que pueda dar cuenta de esa complejidad. Por otra parte, la evaluación de los profesores en formación se sitúa en el ámbito del desempeño práctico en situaciones reales de actuación profesional. En esta perspectiva, la evaluación auténtica y de desempeños responde a las condiciones cada vez más complejas de la formación inicial de profesionales. En relación con los aprendizajes relevantes para la formación inicial de profesores, se puede identificar al menos seis ámbitos que requieren atención :
- Conocimiento de su disciplina.
- Habilidades de diagnóstico de realidades socioeducativas.
- Habilidades para diseñar prácticas de enseñanza.
- Habilidades para diseñar procesos de evaluación de los aprendizajes
de estudiantes.
- Habilidades para reflexionar sobre su propia práctica.
- Capacidad de trabajar en equipo y proponer alternativas de desarrollo
de su unidad educativa.

1.6. La experiencia de evaluación de desempeño en estudiantes de pedagogía
Variados autores han establecido cuáles serían las competencias profesionales de un profesor, entre ellos podemos citar a De los Ríos, 19 quienes señalan las siguientes competencias generales:
• Habilidad para innovar.
• Capacidad para enfrentar la diversidad sociocultural.
• Desempeño crítico y creativo del rol profesional.
• Habilidad para aplicar conocimientos disciplinarios.

Recientemente, el Ministerio de Educación de Chile ha definido cuatro áreas o facetas de acción en las cuales se debe evaluar el desempeño docente:
• Preparación del acto de enseñar.
• Creación en el aula de un ambiente propicio para el aprendizaje.
• Enseñanza.
• Trabajo profesional en la institución educativa y fuera de ella.
Las tablas de desempeño, en este nuevo contexto de la formación inicial, emergen como instrumentos de evaluación que permiten dar cuenta de la complejidad que supone el desempeño y establece un proceso de evaluación que efectivamente provea ayuda al desempeño de los profesores en formación. La tabla de desempeño, como instrumento, permite una evaluación a poco tiempo de iniciado el proceso de formación en la que el profesor que presta la asesoría puede establecer en qué nivel de desempeño se ubican los estudiantes en cada aprendizaje descrito, y así proveer las ayudas necesarias. Posteriormente, se utilizan en evaluaciones de medio término y de término con los mismos propósitos, donde finalmente el juicio evaluativo da origen a una calificación. Estos instrumentos se complementan con los portafolios de cada estudiante o grupos de estudiantes, con reuniones de asesoría, tanto con los profesores en la universidad
como con los profesores colaboradores, y con observaciones en aula.

Esto permite un panorama complejo y enriquecido del desempeño de los profesores en formación. Complementario con esto, las tablas de desempeño son documentos públicos que están a disposición de los alumnos y alumnas desde el inicio del proceso, lo cual les permite tener claridad respecto de lo que se espera de ellos en cada etapa de su trabajo. En tal sentido, los resultados que se obtienen con las tablas de desempeño han permitido perfilar un proceso de evaluación, retroalimentación, ayuda y calificación, que los estudiantes valoran como positivo a la hora de evaluar el trabajo docente.

II. ESTÁNDARES PARA LA FORMACIÓN INICIAL DE PROFESORES
Los estándares se generan a partir del consenso que se establece entre distintos actores, niveles y sectores comprometidos con el desempeño de los docentes. Uno de los ámbitos de mayor implicancia recae en las instituciones formadoras de profesores. El diseño del currículo, su estructura, los contenidos fundamentales, junto a aspectos de política y administración institucional, como la misión y los sellos para la formación, la determinación de perfiles de los candidatos, los procesos de selección y admisión, y los recursos y servicios disponibles para dicha formación constituyen aspectos centrales de los estándares para la formación inicial de los profesores.

2.1. La experiencia norteamericana
El Consejo Nacional para la Acreditación de la Formación de Profesores de Estados Unidos (NCATE) 20 ha estructurado siete (7) ámbitos que contemplan los diferentes y particulares aspectos que cubren sus estándares de calidad para esta formación. Estos ámbitos se refieren a lo siguiente:
- Marco conceptual.
- Diversidad.
- Vitalidad (soporte) intelectual.
- Tecnología.
- Comunidad profesional.
- Evaluación.
- Medición de desempeño.
Los ámbitos anteriores se focalizan en cuatro grandes áreas de aplicación:
1) Los candidatos, vale decir, la población-objetivo de estudiantes a la cual la institución aspira a formar. Las instituciones formadoras deben definir las características específicas deseables del perfil de estudiantes.

2) El diseño, naturaleza y los fundamentos de la formación profesional Esto se refiere a la naturaleza de los contenidos generales, profesionales y pedagógicos a internalizar; las competencias profesionales a desarrollar específicas para el desempeño docente propiamente tal o para actividades de apoyo a la labor pedagógica; las prácticas pedagógicas.

3) La institución formadora, es decir, la escuela o facultad formadora de profesores. Ello se refiere a la estructura, al cuerpo docente, áreas profesionales que se abordan y la solvencia y competencia intelectual de la facultad.

4) La unidad encargada de la formación profesional en educación. Este ámbito se refiere a aspectos como gobierno y administración transparente de la unidad, recursos para la enseñanza, y recursos y presupuestos de operación de la unidad para cumplir con su misión y con claridad de la oferta. Los estándares de esta agencia acreditadora subrayan ciertos indicadores de calidad para la formación inicial de profesores, como el hecho que las instituciones formadoras partan de una filosofía institucional y de una epistemología del conocimiento, presupuestos básicos para el diseño de qué enseñar. Los indicadores se centran en el desempeño de los candidatos a profesores, estimulan la presencia de la tecnología, la necesidad de saber atender la diversidad, la importancia que las instituciones desarrollen la colaboración y el establecimiento de redes de apoyo, etc.

La naturaleza, cobertura y sentido general que presenta el ejemplo de estándares citado en los párrafos anteriores, es posible encontrarlas en otras agencias y otros contextos. Ellos representan, a grosso modo, áreas generales básicas mínimas a las que las instituciones deben poner especial atención para impartir una educación profesional docente de calidad. La recurrencia de estos ámbitos e indicadores de calidad también se observa en experiencias, como la realizada en Chile.

2.2. La experiencia chilena
La reforma de la educación en marcha contempla la formación y el perfeccionamiento de los profesores como un polo esencial de desarrollo para el éxito de ella misma. Como consecuencia de este desafío, el Ministerio de Educación ha puesto en ejercicio una serie de programas e instrumentos. De manera muy particular, se encuentra en plena ejecución un programa especialmente orientado al mejoramiento de la formación inicial en 17 instituciones de educación superior.

En este contexto, y para servir a estos procesos, se han elaborado estándares de desempeño para la formación inicial de docentes (Avalos, B., Mineduc, 2000), los que se han generado a partir de la conjunción entre el Ministerio de Educación, los representantes de las instituciones formadoras y los representantes del Colegio de Profesores (Asociación Gremial). Estos estándares formulados y recientemente publicados por el Ministerio de Educación se orientan a establecer criterios para evaluar el desempeño docente que se espera observar al término del período de formación inicial. El propósito principal que se ha tenido es poner a disposición de las instituciones formadoras un instrumento con el cual podrán establecer el umbral de calidad exigible que satisfaga las demandas de la educación nacional, según los cuales puedan juzgar la preparación del futuro docente y su capacidad para enfrentar sus tareas.

Los estándares son de naturaleza genérica y expresan posiciones teóricas respecto a la concepción de la enseñanza y el aprendizaje. Su formulación corresponde a descripciones de formas de desempeño, de acuerdo al ordenamiento lógico en que se producen y se suceden los actos de enseñanza y los procesos de aprendizaje. Al igual que otras aproximaciones ilustradas por la literatura, los estándares seleccionados para la formación inicial de docentes también se expresan en términos de lo que sabe y puede hacer un profesor principiante. En consecuencia, se sustentan en el siguiente marco conceptual:
− La base de conocimientos y capacidades requeridas para un buen ejercicio
docente,
− los elementos constitutivos o claves del proceso de enseñanza-aprendizaje,
− los contenidos del campo disciplinario,
− los alumnos y alumnas, es decir, niños y/o jóvenes a quienes se va a
educar,
− tecnología de la información,
− el proceso de enseñanza –formas de organización de la enseñanza y el currículo en los distintos niveles–, y
− las bases sociales de la educación y la formación docente.

Con relación a los elementos constitutivos del proceso de enseñanza aprendizaje,
los estándares aluden de manera preferencial al ambiente de aprendizaje propicio para desarrollar las estrategias que permitirán alcanzar las metas previstas; la comprensión del estado y características de aprendizaje de los estudiantes sujetos de su intervención; la capacidad de reflexión, de análisis y toma de distancia respecto del propio quehacer docente; la capacidad de ser versátil, flexible y utilizar distintos instrumentos y fuentes para acceder al conocimiento; la capacidad para hacer frente a lo inesperado, lo nuevo y, sobre todo, lo diverso.

Los estándares expresan criterios de desempeño en cuanto áreas o facetas, las que se ilustran a continuación:
RESUMEN DE ESTÁNDARES PARA LA FORMACIÓN INICIAL DE
DOCENTES EN CHILE

FACETA A: Preparación para la enseñanza: organización del contenido
en función del aprendizaje del estudiante

Criterio A-1 El nuevo profesor o profesora demuestra estar familiarizado con los conocimientos y con las experiencias previas de sus alumnos.

Criterio A-2 El nuevo profesor o profesora formula metas de aprendizaje claras, apropiadas para todos los alumnos y coherentes con el marco curricular nacional.

Criterio A-3 Demuestra dominio de los contenidos que enseña. Hace notar relaciones entre los contenidos ya conocidos, los que están y los que proyecta enseñar.

Criterio A-4 Crea o selecciona materiales, métodos y actividades de enseñanza
apropiados para los alumnos y coherentes con las metas de la clase.

Criterio A-5 Crea o selecciona estrategias de evaluación apropiadas para los alumnos y congruentes con las metas de enseñanza.

FACETA B: Preparación de un ambiente propicio para el aprendizaje de los alumnos

Criterio B-1 La profesora o el profesor propicia un clima de equidad, confianza, libertad y respeto en su interacción con los alumnos y de ellos entre sí.

Criterio B-2 El futuro profesor o profesora establece relaciones empáticas con los alumnos.

Criterio B-3 Propone expectativas de aprendizaje desafiantes para los
alumnos.

Criterio B-4 Establece y mantiene normas consistentes y consensuadas de disciplina en el aula.

Criterio B-5 Procura que el ambiente físico sea seguro y propicio para el aprendizaje.

FACETA C: Enseñanza para el aprendizaje de los alumnos
Criterio C-1 El nuevo profesor o profesora procura que las metas y los procedimientos involucrados en el aprendizaje sean claros.

Criterio C-2 Procura que el contenido de la clase sea comprensible para los alumnos.

Criterio C-3 Más allá del conocimiento de hechos o datos, el profesor o profesora estimula a los alumnos a ampliar su forma de pensar.

Criterio C-4 El profesor o profesora verifica el proceso de comprensión de los contenidos por parte de los alumnos mediante procedimientos de retroalimentación o de información que faciliten el aprendizaje.

Criterio C-5 El profesor o profesora utiliza el tiempo disponible para la enseñanza en forma efectiva.

FACETA D: Profesionalismo docente
Criterio D-1 El nuevo profesor o profesora evalúa el grado en que se alcanzaron las metas de aprendizaje.

Criterio D-2 El futuro profesor o profesora autoevalúa su eficacia en el logro de resultados.

Criterio D-3 Demuestra interés por construir relaciones profesionales con colegas y participa en acciones conjuntas del establecimiento.

Criterio D-4 Asume responsabilidades en la orientación de sus alumnos.

Criterio D-5 El futuro maestro se comunica con los padres de familia o apoderados.

Criterio D-6 Demuestra comprender la políticas nacionales de educación y la forma como su escuela contribuye a esas políticas.

III. MODELO DE EVALUACIÓN DE COMPETENCIAS TERMINALES PARA
ESTUDIANTES DE PEDAGOGÍA

De lo anteriormente expuesto, podemos deducir que existe una gran cantidad de variables que intervienen en la especificación y evaluación de competencias terminales en las carreras profesionales. En general, es necesario identificar en fuentes confiables las competencias relevantes, precisar sus alcances, construir instrumentos de evaluación y estudiar el significado de los resultados de la evaluación. Estas razones y otras más hacen ver la necesidad de contar con un modelo conceptual del proceso de evaluación de competencias profesionales.

Un modelo que reúna las condiciones señaladas debe especificar las variables más relevantes, así como sus relaciones y las etapas secuenciales del proceso de evaluación. En concreto, para la definición de las competencias profesionales se deben tomar en consideración el contexto internacional y los diversos contextos del país que inciden en el desempeño profesional, así como también las condiciones y características propias de la institución formadora. Del mismo modo, están condicionadas por el campo o área disciplinaria en que se desempeñará el estudiante.

Una vez que se ha definido técnicamente la competencia deseada, es necesario establecer las condiciones y los aspectos formales de cómo se evaluará su logro. Habiendo establecido las cuestiones formales, se procede a la evaluación aplicada de los instrumentos en las condiciones especificadas. La secuencia de este proceso no es lineal, ya que existe interacción entre los diversos elementos que intervienen. Más aún, los resultados de la evaluación de las competencias pueden retroalimentar el sistema incidiendo en el contexto institucional, y más específicamente generando cambios curriculares.

La siguiente figura esquematiza el modelo desarrollado para llevar a efecto la evaluación de competencias en la carrera de Educación.
Contexto internacional
Competencias declaradas en ámbitos profesionales
Contexto País
Contexto País
Contexto País
Retroalimentación
Contexto Institucional
Área
Disciplinaria
Definiciones específicas de competencia
Selección de formato
Aplicación y evaluación

MODELO DE EVALUACIÓN DE COMPETENCIAS EN ESTUDIANTES DE
EDUCACIÓN

Como se puede observar en el esquema, el modelo consta de los ocho componentes siguientes:
3.1. Contexto internacional. Competencias declaradas en ámbitos profesionales
El contexto internacional está referido a las competencias declaradas y consensuadas en distintos países en ámbitos profesionales, tales como los sistemas productivos y educativos, las agencias acreditadoras, colegios profesionales y otros.

Se supone que las competencias a verificar son relevantes para el desarrollo del país desde una óptica internacional. La globalización de los intercambios profesionales ha conducido a un reconocimiento de la similitud de las características deseables de los profesionales, independientemente de su país de origen. Los sistemas de acreditación de carreras profesionales suelen especificar esas competencias, las que se convierten en referentes muy significativos para el diseño curricular en esta disciplina con relación a las características del perfil de egreso.

3.2. Contexto país
El contexto del país para el cual las competencias asumen formas especiales que deben ser precisadas y a la vez validadas. No obstante que determinadas competencias son consideradas como objetivos educativos relevantes en diversos países. Para cada país, cada competencia tiene relevancia y características propias. Esto depende de su nivel de desarrollo industrial, de su lenguaje, cultura, el desarrollo del sistema educativo y otros factores locales que contribuyen a perfilar mejor las competencias.

3.3. Contexto institucional
Asimismo, se debe establecer el contexto institucional que implica la definición de ciertas competencias propias de la entidad, incorporando aspectos valorativos instrumentales u otros. De hecho, cada institución establece perfiles de egreso en los que imprime algún sello propio, aspecto que también afecta el alcance de las competencias. Ese sello puede ser valórico, de contexto de trabajo u otros.

3.4. Área disciplinaria
El área disciplinaria que determina las características propias de cada campo de desempeño profesional. Particularmente, en el caso de las competencias especializadas, el área disciplinaria influye en el alcance de las competencias. Por ejemplo, la aplicación de conocimientos de la especialidad incide en la formación de profesores de las diversas disciplinas.

3.5. Definiciones específicas de competencias
Es necesario considerar las definiciones específicas y las diversas técnicas de cada competencia con el fin de validarlas. Esto implica, en ciertas situaciones, desagregarlas para poder medirlas y luego verificar su relevancia en el medio nacional. Asimismo, es preciso establecer contenidos concretos, procedimientos de ejecución, etc. En definitiva, se deben definir con cierta precisión los alcances de una determinada competencia. Por ejemplo, comunicarse efectivamente es una competencia general que, en el presente, es reconocida en prácticamente todos los contextos como relevante. Sin embargo, ella engloba múltiples aspectos, tales como el idioma de comunicación, los medios, la forma (escrita, oral, gráfica, etc.), el nivel de logro pretendido, el objetivo perseguido, etc.

Para evaluar es necesario definir con precisión lo que se pretende medir. En esta definición se deben integrar consideraciones internacionales, nacionales, institucionales y disciplinarias. De acuerdo al modelo, en esta etapa se integran todos los elementos anteriores. Las definiciones, por otra parte, conllevan la necesidad de limitar el alcance de las competencias y de generar definiciones que faciliten la medición.

3.6. Selección del formato
La selección del formato y la generación de los instrumentos que implica definir los modos de medición tales como prueba oral, escrita, actuación en terreno, así como la elaboración de los instrumentos para estos fines, es parte de este proceso. Es necesario establecer la forma y los medios con que se evaluarán las competencias definidas. Intervienen aquí el análisis de instrumentos, el contexto de evaluación (en terreno, en ambiente de examinación u otros), los contenidos a evaluar, las habilidades específicas a verificar, etc.

3.7. Aplicación y evaluación
La aplicación y la evaluación implican validar y aplicar los instrumentos. Este proceso exige definiciones en cuanto a sujetos a evaluar, período y tiempo de aplicación de instrumentos o métodos de evaluación, formas de calificar, jueces evaluadores y otros múltiples aspectos metodológicos.

3.8. Retroalimentación
La retroalimentación implica validar y contrastar los resultados con los antecedentes relevantes del medio nacional e internacional. Se postula que las anteriores etapas y elementos del modelo conducen a resultados de evaluación que deben ser a su vez verificados. Todos los matices de contexto (nacional, internacional y otros), como las maneras de medir, sumados a otros factores, hacen que los resultados de las evaluaciones tengan un valor que necesariamente debe ser precisado y vuelto a poner en relación a los contextos de base, en especial, el nacional y el internacional.

En esta etapa de retroalimentación se supone que es necesario llevar a cabo una actividad crucialmente relevante, a saber, verificar la relevancia práctica que la competencia efectivamente medida tiene en los contextos de referencia. En teoría, la relevancia de una competencia bien especificada se podría validar a priori, a lo menos en el contexto nacional. Sin embargo, en el caso de educación, la práctica indica que es preferible contar con los resultados de la evaluación para que esa confrontación resulte más provechosa. La evaluación pone de manifiesto matices a veces no predecibles del objeto de evaluación. El modelo plantea que una vez completado el ciclo de medición y retroalimentación, es posible que sea necesario redefinir las competencias para que se ajusten mejor a las realidades del campo ocupacional o para que se puedan medir con más eficacia. Lo anterior no es independiente de los efectos institucionales de este proceso, dentro de los cuales podría llegarse a la necesidad de revisar los perfiles de egreso de algunas carreras.

IV. ESTÁNDARES DE CALIDAD PARA LA ACREDITACIÓN DE FACULTADES DE EDUCACIÓN
La experiencia a lo largo de estos años ha demostrado que no basta con trabajar en el ámbito de la sala de clases, sino que es necesario incorporar los diferentes aspectos de la docencia, entendido como: el proceso de reproducción cultural orientado a la formación y desarrollo de las personas que participan en él y por lo cual reciben una acreditación social válida en la cultura en la cual se realiza . En consecuencia, es importante incidir sobre el conjunto complejo de componentes y actores involucrados directa o indirectamente en la generación de los aprendizajes.

A partir de esta concepción de la docencia acuñada desde la experiencia concreta, es necesario enfrentar el tema de calidad con una visión más holística, incluyendo dimensiones como: la relevancia social, la integridad, la efectividad, los procesos administrativos y pedagógicos, la disponibilidad de recursos humanos, materiales y de información, así como la eficiencia y eficacia en su uso. Algunas de estas dimensiones, tratamos de incorporar más adelante.

Por otro lado, la especificación de las nuevas demandas sociales en la formación profesional está asociada a ciertas competencias fundamentales para los nuevos escenarios que deberán enfrentar los profesionales en un futuro próximo, entre las cuales se pueden distinguir las vinculadas al plano económico laboral, al científico tecnológico, al ético, al cultural y al demográfico. Entre los requerimientos de formación para estos nuevos escenarios se pueden destacar :
• La capacidad creativa y la preparación para el trabajo autónomo, el espíritu emprendedor y las condiciones para adaptarse a situaciones emergentes.
• La potencialidad para estar en un proceso de actualización permanente, incluyendo el dominio conceptual de los elementos básicos de su campo profesional.

• La capacidad de trabajo en red, en el cual cada uno asume su responsabilidad
individual en un proceso productivo colectivo. Ello implica tener condiciones para el trabajo en grupos interdisciplinarios y complejos.

• La capacidad para comunicarse y manejar las herramientas informáticas, y el dominio tanto del idioma materno como de otros idiomas de carácter universal.

• La idoneidad para identificar, acceder, seleccionar y utilizar información relevante en la instancia oportuna. El desafío de formar profesionales, para enfrentar las demandas de los nuevos escenarios durante la vida activa del egresado, implica por lo menos tres esferas de cambio importantes en la educación superior: la curricular, la metodológica y la evaluativa. El punto de partida de todo proceso de evaluación de facultades y carreras es la determinación de la existencia de principios, factores y lineamientos, así como del nivel en el que los mismos influyen en el quehacer y desempeño de la institución.

4.1. Definición de los principios
Los principios son un conjunto de enunciados acerca de los criterios valorativos aplicados a una facultad. Su contenido debe estar inmerso en todos o en la mayoría de los factores o aspectos referenciales de la evaluación, porque es mandatario que formen parte de o constituyan esencia de su estructura, organización y función.

Este conjunto de características, que por definición constituyen criterios valorativos, debe enmarcar el proceso de evaluación; así, la medida en que estas características estén presentes determinará el nivel de calidad alcanzado por la facultad. Por otra parte, la ausencia de una o más de estas características indicará una seria deficiencia en la organización, estructura u operación de la misma. En la redacción de los instrumentos debe considerarse que por lo menos uno de los principios sea verificado en cada pregunta.

Los principios que fijan las bases cualitativas de los factores son de dos tipos: de carácter ético y de carácter funcional. Los de carácter ético son cinco: universalidad, integridad, equidad, idoneidad y coherencia; los de carácter funcional son tres: eficacia, eficiencia y pertinencia (Consorcio de Universidades) .
4.2. Definición de factores, lineamientos y variables
Los factores son elementos que por sus características son componentes fundamentales de toda institución académica e indispensables en el desarrollo de sus funciones. Estos elementos pueden ser humanos, físicos, postulados y declaraciones de principios, conjuntos funcionales, o combinaciones de ellos. Los factores, dentro de un proceso de autoevaluación, se verifican primero por su existencia y la difusión de esa existencia, y luego por su adecuación o desempeño funcional, dentro del marco de uno o más de los principios que han sido mencionados anteriormente.

Los factores generalmente aceptados para fines de acreditación son:
1. Organización académica.
2. Currículo.
3. Plana docente.
4. Proceso de admisión de nuevos estudiantes.
5. Competencias adquiridas por estudiantes y graduandos.
6. Metodología para la evaluación y seguimiento del aprendizaje.
7. Organización administrativa.
8. Servicios académicos complementarios.
9. Infraestructura física y equipamiento.
10. Investigación y contribución intelectual.


Estos 10 factores deben ser estudiados y analizados por separado, e indican qué es lo que se debe evaluar en la institución o facultad. Con el fin de facilitar la orientación y la formulación de las preguntas diseñadas para evaluar los factores, se requiere un conjunto de variables de carácter tanto cualitativo como cuantitativo. Este conjunto de variables se determina por medio de los lineamientos, los cuales permiten determinar los datos obtenidos en el proceso de recolección de información.

Independientemente de las características cualitativas o cuantitativas, existen cuatro tipos básicos de lineamientos, los que están en función de lo que se pretenda medir o registrar en el factor, éstos son:
1. Presencia del factor y su difusión o concordancia con los requerimientos.
2. Existencia de normatividad o procedimientos operativos.
3. Precisión y cumplimiento de alcances u objetivos y utilidad para los fines.
4. Grado de satisfacción del usuario.
Las variables evaluativas son asumidas como una parte general, abstracta y delimitada del objeto de evaluación; en cambio, el indicador se asume como la evidencia de la existencia del atributo, del elemento y de la variable del objeto de evaluación. A cada indicador hay que asignarle un valor y su correspondiente fuente de verificación.

4.3. Propuesta de estándares mínimos de acreditación de facultades de educación Los estándares de acreditación son los requisitos o condiciones que son exigibles a las facultades o escuelas superiores como medio para garantizar la calidad e idoneidad de la formación profesional que imparten.
Los estándares mínimos de acreditación de las facultades de educación generalmente aceptados, a nivel nacional e internacional, son los siguientes:
• Organización académica
La facultad debe estar organizada en unidades académicas para planificar, ejecutar, evaluar y controlar el cumplimiento del currículo, y para hacer el seguimiento del rendimiento académico de los estudiantes. La organización académica debe contar con reglamentos que definen las funciones y responsabilidades de los encargados de la dirección académica y de los profesores.
• Currículo
El currículo es el documento que debe establecer el perfil profesional del graduando, las competencias del estudiante y graduando, los cursos, sus creditajes y prerrequisitos académicos. El currículo debe promover el desarrollo integral del estudiante, atendiendo su progreso intelectual, físico, psicoafectivo y ético, así como la consolidación de competencias que faciliten el continuo proceso de aprendizaje del graduado. El currículo debe ser periódicamente revisado y actualizado.

• Plana docente

La facultad debe contar con una plana docente en número y tiempo de dedicación suficiente para cubrir adecuadamente las actividades docentes, de investigación y de tutoría. Además, debe contar con mecanismos de selección y de evaluación de los docentes conforme a las necesidades y objetivos académicos del programa.

• Proceso de admisión de nuevos estudiantes

La facultad debe determinar los criterios para la programación del número de vacantes, las modalidades de ingreso, el perfil del postulante y los requisitos de admisión que garantizan un proceso de admisión equitativo.

• Competencias adquiridas por estudiantes y graduandos
El estudiante y el graduando deben adquirir competencias generales (integración
de conocimientos, actitudes, valores, habilidades y destrezas) que les permita analizar y resolver problemas prototipo. El estudiante y graduando deben adquirir competencias generales y aptitudes para: analizar e interpretar los hechos sociales y educativos, plantear soluciones en relación a su formación, prestar servicios profesionales como tutor, orientador y consultor educacional, y participar activamente en la renovación normativa y educacional del país.

• Metodología para la evaluación y seguimiento del aprendizaje
La facultad debe establecer reglas claras y universales de evaluación de los estudiantes que correspondan a la naturaleza de las actividades académicas y a las estrategias pedagógicas. Debe contar con mecanismos de seguimiento del proceso de aprendizaje que identifiquen los principales problemas académicos que enfrenta el estudiante durante su permanencia en la institución y que sirvan para implementar acciones correctivas.

• Organización administrativa
La facultad debe estar organizada en unidades académicas para planificar, evaluar y controlar la administración de los recursos humanos, equipos y materiales.

• Servicios académicos complementarios
La facultad debe contar con los recursos físicos y equipos suficientes, accesibles y actualizados que ayuden al proceso de aprendizaje de los estudiantes.

• Infraestructura física y equipamiento
La facultad debe contar con la planta física, el mobiliario y el equipamiento suficiente y adecuado para el desarrollo de las actividades académicas.

• Investigación y desarrollo educativo
La facultad debe promover y realizar un conjunto de actividades dirigidas a la investigación para generar nuevos conocimientos y a la contribución intelectual en el marco de la política institucional, en estrecha relación con la realidad de su entorno social, cultural y económico. La labor docente junto con la actividad de investigación debe constituir el aporte fundamental de la facultad al conocimiento y a la sociedad.

V. COMENTARIO FINAL
En suma, «la revolución tecnológica está creando un nuevo entorno educacional que promete revolucionar las formas de organización, la gestión, los métodos pedagógicos, la transmisión de los contenidos de enseñanza y las formas de aprendizaje» (Brunner, 2000) 29. En este escenario, los estudiantes de pedagogía tendrían que evolucionar desde una declaración de intenciones que, ciertamente, es un primer paso hacia el desarrollo de competencias que les permitan integrar las nuevas tecnologías en su desempeño profesional, lo cual no es posible si las facultades de pedagogía no incorporan en los procesos de formación, como un objetivo transversal, el uso de tecnologías y los marcos conceptuales que existen
(aprendizaje colaborativo asistido por computador, teaching with technology, diseño, desarrollo y evaluación de software educativo, etc.) en el uso de las Nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación (NTIC) en la enseñanza. La educación es un proceso que debe ser permanentemente repensado, pues es fundamentalmente variable en el tiempo y espacio, siendo así un quehacer eminentemente cultural. Frente a la alternativa de optar entre competencias, roles y estándares de excelencia para configurar los futuros planes de formación docente, las propuestas presentadas en este trabajo han adoptado el modelo basado en estándares, entendidos como «patrones que sirven de guía para el logro de una educación de calidad». La calidad total en el currículo y, por ende, en la enseñanza se garantizará mediante el alcance de los estándares y contando con la participación activa de todos los sectores sociales: personal docente, padres, comunidad, industria y autoridades en general.
* Magíster en Administración de la Educación por la Universidad del Valle Calí-Colombia, con postgrados y stage en Estados Unidos, Francia, Inglaterra.
Revista del Instituto de Investigaciones Educativas Año 9 N.º 15 (Agosto 2005)

martes, 24 de junio de 2008

EL SINEACE Y LAS FACULTADES DE EDUCACIÓN

Por: Griselda González

La debilidad de la calidad educativa que adolece nuestro país es un problema estructural que nos aqueja desde hace algunas décadas. Los factores que ocasionan las debilidades del sistema educativo son múltiples sin embargo existe un significativo consenso en relación a que uno de los factores más importantes recae en el factor docente. En efecto, estamos convencidos que el factor humano (tanto docente como discente) es fundamental en el proceso de aprendizaje. Un docente bien calificado y con verdadera vocación puede lograr la superación de sus alumnos aún en las condiciones más difíciles. Por el contrario, un docente poco preparado y con falta de motivación puede frustrar el proceso de aprendizajes de sus alumnos aún en las mejores condiciones de infraestructura o clima laboral. De otro lado, un buen docente también será capaz de detectar las situaciones que impiden que su alumno se desarrolle y que deban ser derivadas a otras instancias (como problemas de violencia familiar y social, desnutrición, pobreza extrema entre otros, que no se dan pocas veces y que parece que poco se quieren contemplar).

En ese convencimiento, consideramos positiva la decisión del Ejecutivo de realizar acciones orientadas a identificar a los mejores docentes, estimularlos a continuar mejorando su ejercicio (evaluación de rendimiento de los alumnos y desempeño docente) y, promover la capacitación de los maestros a través de convenios con universidades del país, entre otros. Sin embargo, ponemos en discusión si los instrumentos de evaluación aplicados hasta el momento y las estrategias de capacitación puestas en marcha son realmente las idóneas o si, muy por el contrario, están contribuyendo a ahuyentar a aquellos buenos docentes que por la excesiva presión y crítica (a veces injusta) están optando por su reconversión laboral.

A la evaluación docente (con resultados tan extremos que han puesto en duda la propia validez de la prueba), la capacitación docente (obligatoria, extenuante y sin un seguimiento público de su impacto sobre el aprovechamiento de los alumnos pese a su alto costo para el país), se ha sumado el día de hoy la dación de una norma que suspende la autorización de funcionamiento de nuevas facultades o escuelas de educación hasta que se establezcan los estándares de calidad que deben aprobar el CONEAU y el CONEACES.

Pero ¿será esto la solución al problema? ¿Es que impedir que se abran nuevas facultades va a mejorar la calidad de los docentes que hoy están en las escuelas? ¿es que será factible sostener esa medida dentro del marco establecido en nuestra Constitución Política del Estado: impedir que las universidades autónomas brinden los servicios que deseen a la comunidad o limitar la oferta educativa de los particulares?.

Todos estamos de acuerdo con que la carrera de profesor es una de las más
importantes y trascendentes por cuanto forman a las nuevas generaciones pero ¿será esta la forma de solucionar el problema detectado? ¿se han identificado correctamente las causas del problema?. Es que acaso la creación de filiales no estaba ya controlada por la Ley 28564 y su reglamento siendo el CONEAU un simple receptor de esa función y su normativa? ¿es que acaso el seguimiento a las filiales (1) no ha demostrado que ninguna norma podrá impedir que las universidades completamente autónomas
continúen ofertando educación a distancia bajo originales denominaciones y la certifiquen sin distinguirla de la que brindan de modo presencial burlando de esa manera el propósito de la reciente norma?

Para no incurrir en una crítica irresponsable en la que no se ofrece alternativa alguna, consideramos necesario indicar que en nuestra opinión, en relación a los pedagógicos simplemente debería continuarse y mejorarse el proceso de revalidación de autorizaciones de funcionamiento que estaba haciendo el Ministerio de Educación hasta el año 2007 y que permitió el cierre de varios pedagógicos que funcionaban sin las condiciones “mínimas” de calidad. Asimismo, como mecanismo de mejora de hecho, podría elevarse un poco esas “condiciones mínimas” para que de manera natural se vaya depurando la oferta de formación en los institutos pedagógicos (de conformidad con lo establecido en el último párrafo de la Primera DCT del reglamento de la ley del SINEACE).

Del lado de las universidades, es claro que las que cuentan con autorización de funcionamiento definitivo no van a ser afectadas por la medida adoptada el día de hoy y ¿es que acaso no son algunas de esas facultades las que han formado a gran parte de los docentes que ha desaprobado nuestro actual Ministerio de Educación?. Estas universidades, en cambio, sí serán afectadas por la acreditación obligatoria establecida por el Reglamento de la Ley del SINEACE. Lamentablemente, no contarán con las “condiciones mínimas de calidad” que precalifican a los pedagógicos antes de la acreditación, y además tendrán un año para adaptarse a los estándares de calidad una vez publicados por el SINEACE. Si tenemos en cuenta que los procesos de auto evaluación para poder saber si se cumple o no con cualquier estándar duran aproximadamente todo el plazo concedido (un año) tenemos que temer que la adecuación a los estándares será un proceso meramente formal recogido en mucho documentos y pocos indicadores cualitativos. Ello contradice las experiencias exitosas practicadas en nuestro medio y otros países y por supuesto no contribuye a la generación de una cultura de calidad dentro de las instituciones entonces ¿ayudará entonces esa acreditación obligatoria a solucionar el problema?. Lo más probable es que las facultades de educación que mejoren en los próximos años sean las que por su propia cuenta están interiorizando los beneficios de la mejora continua y para las que los estándares de calidad aprobados por el CONACES y el CONEAU serán simplemente un costoso trámite burocrático más que cumplir para poder seguir funcionando. Entonces, creemos que más beneficioso sería que el CONEAU no se apresure por publicar ningún estándar y que se avoque a las funciones que ya su reglamento le encomendó, es decir aprobar sus instrumentos de gestión, y difundir sus objetivos y funciones para lograr el reconocimiento de la comunidad educativa y la ciudadanía para lo cual tiene un plazo de tres años.

Por otro lado advertimos que aún cuando la medida que encarga a los órganos operadores del SINEACE elabora los estándares de calidad de las facultades de educación resultan coherentes, a primera vista, con los dispositivos legales que regulan al CONEAU y CONEACES como parte del SINEACE (Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa) parecen no tener en cuenta lo siguiente:

1. Tanto el CONEACES como el CONEAU son órganos operadores de un organismo mayor que es el SINEACE el cual está constituido por tres órganos operadores no dos. Los tres órganos operadores de acuerdo a la Ley 28740 son el CONEAU, el CONEACES y el IPEBA. Este último órgano ni siquiera tiene la cantidad de miembros del Consejo Directivos suficientes como para designar a su presidente (deben tener mínimo 4 y solo tiene 3 nombrados), ello si acaso el actual Ministro tiene a bien considerar a los miembros designados por el Ministro que lo antecedió o simplemente desconocerlos como lo hizo con los anteriores miembros que integraban el CONEACES.

2. El SINEACE es conducido por un Consejo Directivo integrado por los tres
presidentes de los órganos operadores los cuales deben designar entre ellos al Presidente del SINEACE quien es el representante legal de la OPD.

3. No obstante que el Reglamento de la Ley del SINEACE establece que cada
órgano operador tiene personería jurídica de derecho público interno (lo que en mi opinión no corresponde al espíritu de la Ley 28740), también es cierto que la Ley que es superior a su Reglamento indica que el Consejo Directivo del SINEACE es el “Ente rector del Sistema” y es el que define los criterios que deberán utilizarse para la acreditación de la calidad educativa (artículo 6 y 9 de la Ley 28740). Encargarle en este momento al CONEACES y al CONEAU la definición de los estándares de calidad para la acreditación de las facultades de educación sin considerar al IPEBA no solo nos parece prematuro y temerario sino que atenta contra la esencia de un sistema que por su amplia visión (incluía a todo el sistema educativo nacional), podría llegar a convertirse en un referente para los demás países de la región. De más está decir que sin perjuicio de todo lo indicado, el plazo de 90 días
para dos órganos que acaban de iniciar funciones es evidentemente insuficiente si es que se quiere aplicar métodos participativos en cumplimiento a lo establecido en el artículo 16 inciso c de la Ley. Las normas que regulan las actividades del SINEACE tiene varias debilidades pues le ha encomendado proceso que por su urgencia debieron haber quedado en manos de otras instancias - por lo menos hasta que el SINEACE haya logrado una adecuada solvencia técnica y un significativo respaldo social. Los procesos que le han sido encomendados de acuerdo a la experiencia de otros países como Colombia y Chile son lentos y precipitarlos solo harán que pierda credibilidad y eficacia. La problemática
de la calidad de las facultades de Educación no puede ser abordada en 90 días por una institución que ni siquiera está completo o ¿es que el IPEBA no tiene nada que decir sobre los estándares de calidad de las instituciones formadoras de sus docentes? Creemos que se está cometiendo un gran error al ignorar la integralidad del SINEACE y exigirle a dos de sus órganos que inicien acciones específicas en un contexto polémico y de gran presión social.

El paradigma reciente sobre la calidad parte de un cambio de actitud en el que la auto evaluación, la crítica constructiva y la apertura a nuevas ideas son la clave ¿estará actuando de acuerdo a ello nuestro Ministerio de Educación? Nuestra sugerencia es que se emita menos normativa y se promueva una mayor y mejor sensibilización institucional y social con miras a una verdadera cultura de calidad. Sin prisa pero sin pausa podrán lograr mejores resultados.

(1) El estudio realizado por el GICES (Grupo de iniciativas para la calidad de la educación superior) para la IESALC-UNESCO en el año 2006 bajo el nombre de Informe sobre la regionalización de la educación universitaria en el Perú”evidenció que las filiales y otras ofertas educativas no tradicionales seguían realizándose independientemente de las disposiciones legales que la prohibían).

jueves, 5 de junio de 2008


NORMAS LEGALES EL PERUANO 31.03.2008
DECRETO LEGISLATIVO Nº 998

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO.
El Congreso de la República mediante Ley Nº 29157, ha delegado en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar sobre diversas materias relacionadas con la implementación del Acuerdo de de Promoción Comercial Perú-Estados Unidos y con el apoyo a la competitividad económica para su aprovechamiento, por un plazo de ciento ochenta (180) días calendario: y en el marco de la delegación legislativa, el Poder Ejecutivo está facultado para establecer una estrategia integral dirigida a dar impulso a la mejora de la calidad y el desarrollo de las capacidades;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, y
Con cargo a dar cuenta al Congreso de la República;
Ha dado el Decreto Legislativo siguiente:

DECRETO LEGISLATIVO QUE IMPULSA LA MEJORA DE LA CALIDAD DE LA FORMACION DOCENTE

Artículo 1º.- Suspensión de autorización de funcionamiento y de creación de Facultades o Escuelas de Educación.-

1.1 El Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades (CONAFU) suspenderá la autorización de funcionamiento de nuevas facultades o escuelas de Educación, filiales, programas y otros que conduzcan a la obtención de título profesional o grado académico en Educación, en los proyectos de de nuevas universidades presentados para su evaluación, en tanto se establezcan los criterios indicadores y estándares de acreditación de las facultades o escuelas de Educación que aprobará el Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria – CONEAU, Órgano Operador del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa –SINEACE creado por Ley Nº 28740.

1.2 Para la creación de facultades o escuelas de Educación, filiales, programas y otros que conduzcan a la obtención del título profesional o grada académico en educación e universidades ya institucionalizadas con Asambleas Universitarias o su equivalente según Ley, las que se encuentren en proceso de institucionalización y las que se encuentren en proceso de reorganización que están bajo la supervisión de la Asamblea Nacional de Rectores (ANR) se requerirá de la acreditación previa del Consejo de Evaluación, Acreditación, y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria – CONEAU, Órgano Operador del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – SINEACE creado por Ley Nº28740

Artículo 2º.- Educación a distancia formación docente
Para que las universidades públicas y privadas puedan ofrecer Educación a distancia relacionada con la formación inicial profesional docente, así como cualquier otro programa no regular que conduzca a la obtención del título profesional o grado académico en educación deberán ser acreditadas por el Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria –CONEAU, órgano operador del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa –SINEACE creado por Ley Nº 28740 quedando suspendido el ingreso a los programas antes señalados hasta que estos sen acreditados.

DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL
UNICA.- Mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Educación se dictarán las normas reglamentarias del presente Decreto Legislativo, dentro del plazo de sesenta (60) días de su entrada en vigencia.

DISPOSICION COMPLEMNTARIA DEROGATORIA
UNICA.- Derógase toda norma que se oponga a lo dispuesto en el presente Decreto Legislativo

POR TANTO:
Mando se publique y cumpla, dando cuenta al Congreso de la República.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de marzo del año dos mil ocho.
ALAN GARCIA PEREZ
Presidente Constitucional de la República
JORGE DEL CASTILLO GALVEZ
Presidente del Consejo de Ministros
MERCEDES ARAOZ FERNANDEZ
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
JOSE ANTONIO GARCIA BELAUNDE
Ministro de Relaciones Exteriores
ROSARIO DEL PILAR FERNANDEZ FIGUEROA
Ministra de Justicia
JOSE ANTONIO CHANG ESCOBEDO
Ministro de Educación

DOSSIER


DIARIO LA REPUBLICA 31.03.2008

GOBIERNO SUSPENDE LA CREACIÓN DE NUEVAS FACULTADES DE EDUCACIÓN
Además, eliminan programas de educación a distancia y establecen nota mínima de 14 para ingreso a instituciones de formación docente.
Silvia Mori.
Con el objetivo de controlar la proliferación de instituciones dedicadas a la formación docente y detener la entrega desordenada de títulos profesionales, el presidente Alan García anunció, en el salón Túpac Amaru de Palacio de Gobierno, la suspensión de la creación de nuevas facultades, escuelas y filiales de Educación, así como la cancelación de los programas de educación a distancia para maestros, hasta que se acrediten los estándares de calidad de enseñanza que requieren.
Valiéndose de las facultades que el Parlamento le otorgó para legislar sobre diversas materias relacionadas con la mejora de la calidad y el desarrollo de las capacidades −en el marco de la implementación del Tratado de Libre Comercio (TLC) con Estados Unidos−, el primer mandatario firmó un decreto legislativo en el que se establece que, a partir de la fecha, los criterios, indicadores y estándares de acreditación estarán a cargo del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria (Coneau).
ESTÁNDARES DE EDUCACIÓN
Dicha entidad deberá determinar cuáles son las facultades que deben existir y establecer si cuentan con las condiciones necesarias para que el sistema educativo mejore sus condiciones.
En este sentido, el jefe de Estado manifestó que la norma representa un paso fundamental en la mejora de la calidad educativa, pues evita la creación de instituciones "que no garantizan una adecuada formación docente" y que "lamentablemente proliferan en el país".
"La medida que ahora se ejecuta nos ayudará a alcanzar mejores resultados en el tema de formación docente. Lo que buscamos es aumentar las capacidades creativas y educacionales en todo el país", sostuvo el mandatario, quien estuvo acompañado del ministro de Educación, José Antonio Chang, y de otros funcionarios del sector.
La norma se complementa con otra decretada por el Ministerio de Educación en el 2006. En aquella oportunidad se determinó ampliar la suspensión, hasta el 2011, de la creación de institutos superiores pedagógicos, escuelas superiores de formación docente públicas y privadas, e institutos superiores que forman docentes en carreras técnicas a nivel nacional.
PROGRAMA A DISTANCIA
La suspensión de los programas de educación a distancia que ofrecen algunas universidades públicas y privadas fue otra de las medidas adoptadas por el gobierno.
El jefe de Estado indicó que con ello se elimina el "facilismo" con el que se ha venido otorgando títulos a nombre de la Nación.
"Hemos estudiado con el ministro un buen número de casos en los cuales esta formación es absolutamente deficiente e, inclusive, el resultado del último examen permite comprobar que quienes están peor situados en capacidades son quienes provienen de estos sistemas de educación a distancia", señaló. En ese sentido, García cuestionó que este tipo de programas esté siendo utilizado por "inescrupulosos" que se aprovechan comercialmente de los docentes.
"No es posible que se estén ofertando con tanta facilidad y sin mayor exigencia, comprobación y severidad títulos a nombre de la Nación, a través de sistemas que hacen casi imposible verificar la identidad de las personas", reclamó el mandatario.
NOTA MÍNIMA DE 14
A su turno, el ministro Chang reforzó lo expuesto por el jefe de Estado y −tras descartar que las medidas emprendidas constituyan una violación a la autonomía universitaria− agregó que, a partir de ahora, los postulantes a la carrera de Educación de cualquier institución de educación superior deberán obtener en el examen de ingreso una nota mínima de 14.
Chang indicó que dicha decisión fue tomada luego de que el Ministerio de Educación comprobara que actualmente existen cerca de 200 mil maestros sin trabajo, y otros 78 mil en plena formación profesional en instituciones educativas, cuya calidad no ha sido debidamente acreditada ante su despacho.
"Si incrementamos el número de las facultades de Educación de las universidades y los programas a distancia estamos hablando de casi 100 mil maestros más. Es decir, que podríamos tener casi 400 mil docentes desocupados en los próximos cinco años", argumentó el titular del sector Educación.
EL DATO
PARTIDA. Los requisitos que las instituciones educativas deberán acreditar para abrir nuevas facultades serán conocidos en 90 días, según informó el ministro Chang.
ENFOQUE
La carrera se ha ‘proletarizado’
Constantino Carvallo.
Experto en temas de educación.
No creo que sea correcto que el Estado intervenga todos los institutos o facultades que ofrecen cursos por correspondencia. Considero que lo que debe hacer el gobierno es poner en práctica lo que dice la Ley General de Educación y el Proyecto Educativo Nacional sobre la creación e implementación del Sistema Nacional de Acreditación y Evaluación (Sineace) como institución autónoma que debe evaluar y acreditar a los institutos que forman profesores.
El tema principal no es establecer si deben o no funcionar los institutos de formación docente, sino que el Estado sea riguroso al otorgar los títulos a nombre de la Nación.
El problema también es saber quiénes son los que quieren estudiar Educación, carrera que se ha 'proletarizado'. Mientras que un maestro no sea reconocido y la carrera no sea atractiva, los estudiantes de los sectores pobres y, dentro de ellos, aquellos que no pueden estudiar otra profesión, son los que seguirán postulando.
La reforma que debería hacer el Estado es implementar la línea de Carrera Pública Magisterial, es decir, producir ascensos a favor de los maestros, aumentándoles el salario en virtud del reconocimiento de su trabajo real.

EL COMERCIO 31.03.08
"NO HAY NINGUNA INTROMISIÓN EN LA AUTONOMÍA UNIVERSITARIA"
13:01 | El ministro de Educación, José Antonio Chang, afirmó que la suspensión de la creación de facultades de Educación y cursos no regulares se ha realizado de acuerdo a ley."No estamos generando un mecanismo nuevo. Ya las universidades del Perú conocen el mecanismo de acreditación, autorización y evaluación previa antes de formular carreras tan importante cono las de Educación y Medicina. Por lo tanto no hay ninguna intromisión sobre la autonomía universitaria".
De esta manera, el ministro de Educación, José Antonio Chang, defendió el decreto legislativo que suspende la creación de facultades de Educación mientras no se establezcan los criterios y estándares de calidad y acreditación requeridos para garantizar su correcto funcionamiento.
Chang Escobedo afirmó este mediodía que la norma tiene como antecedente la ley que permite la acreditación de las facultades de Medicina antes de crearse y, en consecuencia, las universidades del país están al tanto del sistema de acreditación.. "El sistema nacional de evaluación y acreditación de la calidad educativa está dentro del marco de la ley", afirmó.
Durante una conferencia de prensa en compañía del ministro de Salud, Hernán Garrido Lecca, Chang precisó que dentro de tres meses el Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (Coneau) y el Consejo Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior No Universitaria (Coneaces) definirán los estándares e indicadores de calidad. A partir de esa fecha correrá un plazo de un año para acreditar a las facultades, escuelas y filiales de educación.
Indicó además que no se ha cerrado la admisión de alumnos a la carrera de Educación. Lo que ha hecho el Coneau, precisó, es establecer como requisito una nota mínima equivalente a catorce durante el examen de admisión para que los postulantes puedan ingresar a la facultad. El ministro de Educación dijo que comprende la inquietud que puedan tener algunas instituciones formadoras. Sin embargo, aseguró que el Gobierno está más preocupado por garantizar maestros de calidad a los alumnos peruanos. "Esta preocupación debe ser de mayor interés que las de aquellas instituciones que de alguna manera se crearon con algunos intereses seguramente en principio educativos y luego comerciales pero que luego devinieron en formaciones deficientes", apuntó.

PERU 21 31.03.08
Sutep de acuerdo con medida que suspende creación de facultades y pedagógicos
Luis Muñoz, secretario general del gremio magisterial, calificó la medida de importante pero insuficiente.


CORRREO
31.03.08
Congelan ingreso a docencia
:: AL TORO POR LAS ASTAS...
Como una medida de emergencia ante el pésimo estado de la educación, el gobierno suspendió indefinidamente la creación de nuevas facultades y filiales de Educación de las universidades en todo el país.El presidente Alan García y el ministro de Educación, José Chang, señalaron que también quedan suspendidos los exámenes de admisión a la carrera docente y el ingreso a los programas de capacitación a distancia para maestros “hasta que se acrediten los estándares de calidad de su enseñanza”.

En conferencia de prensa desde Palacio de Gobierno, García dijo que se trata de “una valerosa decisión” y “un paso fundamental” para evitar que proliferen las instituciones que dicen formar profesores, pero que no lo hacen de manera eficiente, necesaria y adecuada, “con el consiguiente perjuicio del nivel de los docentes y del sistema educativo nacional”. Explicó que la medida se mantendrá hasta que el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (Sineace) determine la verdadera calidad de la enseñanza en esas instituciones.

En el caso de la capacitación a distancia, el Mandatario manifestó que era hora “de poner algo de disciplina en el otorgamiento de títulos que con gran facilismo se ha venido haciendo” en este ámbito y que sólo era aprovechado comercialmente. García comentó que el portafolio de Educación trabaja ahora en cómo involucrar a los padres de familia en una participación activa en el Sistema Educativo Nacional, “no sólo como observadores pasivos, sino en el conocimiento pleno de qué cosa estudia su hijo”.

Abre diálogo
Por su parte, el ministro de Educación, José Antonio Chang, formuló una invitación a todos los decanos de las facultades de Educación y rectores a una reunión de trabajo, “a fin de establecer mecanismos para articular la formación de docentes con los currículos nacionales de la Educación Básica y Técnico Productiva, para garantizar maestros de calidad y buena educación pública”.
Tras negar que estas medidas “violenten la autonomía universitaria”, informó de la entrega de una partida de S/.10 millones al Sineace y al Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria para la aplicación práctica de las mismas.

MAS DATOS
El ministro de Educación, José Antonio Chang, afirmó que la decisión del gobierno de suspender la creación de facultades nuevas busca evitar que en los próximos cinco años el Perú tenga cerca de 400 mil docentes desempleados. Reveló que actualmente existen 200 mil maestros sin trabajo.

12:43 Titular de Comisión de Constitución descarta que se viole autonomía universitaria
Lima, mar. 31 (ANDINA).- El presidente de la Comisión de Constitución del Congreso, Javier Velásquez Quesquén, descartó que el decreto que suspende la creación de más facultades de educación atente contra la autonomía universitaria, y recomendó en este tema fijarse en los problemas de fondo, antes que en “exquisiteces jurídicas”.
El parlamentario lambayecano explicó que en principio la autonomía universitaria está en función de la ley, y lo que ha hecho el Ejecutivo es terminar con una situación que resultaba “insostenible”, y que iba a contracorriente de su política de mejorar la calidad educativa.
Agregó que siendo el Estado el mayor empleador de profesores en el país, no podía permitir que sigan proliferando instituciones que no garantizan una adecuada formación profesional, en una carrera que además se encuentra sobresaturada en su oferta.
“Hay que ver el lado positivo de la norma y no exquisiteces de carácter jurídico que lo único que hacen es seguir empantanando el problema”, comentó a la Agencia Andina.Según el Ministerio de Educación, actualmente existen 200 mil profesores desempleados y 78 mil en formación, mientras se reduce la oferta de empleo para este sector.
El titular de la Comisión de Constitución dijo que la autonomía universitaria no puede estar por encima de los intereses nacionales, tras descartar que esta medida se pueda aplicar a otras carreras profesionales.





12:41 Opinan que suspensión de facultades de Educación podría violar autonomía universitaria

Lima, mar. 31 (ANDINA).- El constitucionalista Francisco Eguiguren consideró loable y necesaria la decisión del Gobierno de suspender la creación de facultades de Educación, pero dijo que dicha medida podría afectar la autonomía universitaria.
Aunque reconoció que esa decisión apunta a terminar con la baja calidad de la educación escolar, señaló que en términos jurídicos ésta es una competencia que corresponde a las propias universidades o a la Asamblea Nacional de Rectores, pero no al gobierno.
El Gobierno, con el fin de impulsar la mejora en la calidad educativa, publicó hoy la norma que suspende la autorización de funcionamiento y de creación de nuevas facultades o escuelas de formación docente, así como los cursos de capacitación a distancia.
“El Gobierno no puede tomar decisiones que comprometan la actividad de los estudios superiores ni de las universidades, eso es violatorio de la autonomía”, declaró a RPP Noticias. Según dijo, son las propias instituciones universitarias las que deberían haber tomado la iniciativa de realizar una evaluación “severa” de la calidad educativa de facultades de Educación e institutos pedagógicos.
Sostuvo que existe una proliferación de instituciones de baja calidad académica, que han hecho de la educación “un verdadero negocio que engañan a los estudiantes ofreciendo títulos devaluados en el mercado”.

LA ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA EN EL PERÚ


José Ignacio López Soria (*)
SÍNTESIS: Este trabajo da cuenta de los aspectos más significativos de la situación actual de la acreditación de la formación universitaria en el Perú, comenzando por las facultades y escuelas de Medicina, dando cuenta después de los avances producidos en acreditación de los estudios universitarios de pregrado y presentando algunas iniciativas relacionadas con la acreditación de los estudios de postgrado, para terminar con una reseña de la legislación vigente sobre evaluación y acreditación. Hay que tener en cuenta que se trata en general de un proceso en marcha, y, por tanto, la información recogida aquí puede quedar superada por los hechos en poco tiempo.
(*) Director de la Oficina Regional en Lima de la Organización de Estados Iberoamericanos (OEI).

1. Introducción

Es sabido que en el Perú la cultura y la práctica modernas de la acreditación son muy recientes, incluso más que en los países vecinos. Decimos «modernas» porque, en realidad, la acreditación nos viene de la época colonial y estuvo vigente en buena parte del siglo XIX.

Cuando todavía las experiencias y los saberes necesarios para el ejercicio profesional no se habían constituido con claridad ni existían caminos escolarizados para la formación de profesionales, existía sin embargo una institución, el Cosmografiato, que tenía entre otras responsabilidades la de acreditar o dar fe pública de las competencia de una persona para el ejercicio de un determinado oficio u ocupación. En Lima la acreditación era dispensada por el cosmógrafo mayor, y en provincias por sus representes. Tal atribución fue luego transferida a los municipios para el caso de los oficios, convirtiéndose en una mera licencia para su desempeño, y al Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos del Estado para los egresados de estas carreras y para sus ayudantes.

Esta última institución supuso después el corpus de competencias de las que debían estar provistos los que deseasen ser reconocidos como ingenieros o ayudantes, e, igualmente, otro para arquitectos y para sus ayudantes. Incluso se puso en práctica un camino para adquirir esas competencias a través del trabajo, y un sistema de exámenes para verificar si los candidatos poseían las mencionadas competencias.

Todo este andamiaje para la provisión y acreditación de competencias profesionales fue quedando en desuso en la segunda mitad del siglo XIX, cuando se escolarizó la formación de técnicos con la creación de las escuelas de artes y oficios; la de científicos, juristas, médicos y literatos, con la constitución de las respectivas facultades en la Universidad de San Marcos y en otras universidades; la de ingenieros, arquitectos y peritos agrimensores con la creación de la Escuela de Ingenieros en 1876; y la de profesionales del trabajo agrícola con el nacimiento de la Escuela de Agricultura en 1901.

Desde entonces, la acreditación se confunde con la concesión del título profesional por parte de las instituciones formativas que cuenten con la correspondiente autorización. En algunos casos: médicos, ingenieros, arquitectos, abogados, contadores públicos, etc., al título universitario es necesario añadir el registro en el respectivo colegio profesional para el ejercicio de la profesión.

En las páginas que siguen daremos cuenta de los aspectos más destacados de la acreditación de la formación universitaria en el Perú en la actualidad, comenzando por las facultades y escuelas de Medicina, dando cuenta después de los avances producidos en acreditación de los estudios universitarios de pregrado y presentando algunas iniciativas relacionadas con la acreditación de los estudios de postgrado, para finalizar con una reseña de la legislación vigente sobre evaluación y acreditación.

2. Acreditación de facultades y escuelas de Medicina
La historia oficial de la acreditación de estudios de Medicina comienza en el Perú en 1999 con la promulgación de la Ley Nº 27154, que institucionaliza la acreditación de las facultades y escuelas de Medicina. Sin embargo, tal promulgación fue fruto de un proceso que se inició algunos años antes.

Recogiendo una tradición que se remonta a 1910 (informe de Abraham Flexner sobre la proliferación irracional de facultades de Medicina en Estados Unidos) y que cuaja en 1943 (creación del Comité de Enlace para la Educación Médica en Estados Unidos), la Asociación Peruana de Facultades de Medicina (ASPEFAM), fundada en 1964, organizó en 1992 el I Seminario de Acreditación de Facultades de Medicina, contando con la participación de todos los centros de formación en la materia y con la asesoría de la Organización Panamericana de la Salud (OPS).

Tras este esfuerzo inicial –anota Piscoya (2002)–, el tema de la acreditación siguió siendo debatido en boletines y en congresos especializados. En 1998 el Ministerio de Salud convocó a las Universidades de San Marcos y Cayetano Heredia, a la Academia Nacional de Medicina, a la ASPEFAM y al Colegio Médico, para que presentaran una propuesta de ley de acreditación de las facultades de Medicina.

La citada Ley Nº 27154 garantiza la calidad y la idoneidad de la formación de los médicos y la atención sanitaria a la comunidad; crea la Comisión para la Acreditación de Facultades o Escuelas de Medicina Humana (CAFME); determina su composición, y le asigna como funciones la elaboración de los estándares mínimos para la acreditación, así como la administración del proceso y su supervisión y evaluación permanentes; suspende la creación de nuevas facultades o escuelas de Medicina; determina el proceso al que deben someterse los centros formativos que no alcancen los estándares mínimos exigidos para la acreditación; adscribe la CAFME al Ministerio de Salud concediéndole autonomía técnica y administrativa, y le da un plazo de 120 días para que elabore una propuesta de normas para establecer los estándares mínimos de acreditación de los centros educativos de Medicina.

En diciembre de 2000 se aprobó por Decreto Supremo 005-2000-SA el Reglamento de la Ley Nº 27154. En él se establecen los requisitos y las condiciones generales a los que debe sujetarse el funcionamiento de las facultades y escuelas de Medicina para garantizar la idoneidad y la calidad en la formación de médicos cirujanos, así como las normas para la conformación y el funcionamiento de la CAFME.

En cuanto a ésta última, el Reglamento establece que se constituye sobre la base de un representante de cada una de las siguientes instituciones: Ministerio de Salud, Ministerio de Educación, Asamblea Nacional de Rectores, Consejo Nacional para la Autorización del Funcionamiento de Universidades, y Colegio Médico del Perú. Sus funciones son: elaborar los estándares mínimos para la acreditación; formular las normas y los procedimientos de acreditación; acreditar a facultades y a escuelas de Medicina; establecer plazos y procedimientos para la adecuación de las no acreditadas; supervisar el proceso de adecuación; evaluar y emitir opinión previa sobre la creación de nuevos centros de formación; además, elaborar el presupuesto anual y sus normas internas de funcionamiento.

Finalmente, el Reglamento concede a las facultades y a las escuelas ya autorizadas un plazo máximo de un año, contado a partir de la aprobación oficial de los estándares mínimos de acreditación, para que dichos centros de formación soliciten su acreditación. Si no lo hicieren, la CAFME queda autorizada para verificar de oficio si cumplen o no con los estándares establecidos.

En enero de 2001 la Resolución Suprema Nº 013-2001-SA aprobó los estándares mínimos para la acreditación de facultades y de escuelas de Medicina. Los estándares mínimos de acreditación tendrán que evaluar los siguientes aspectos: organización académica, currículo, proceso de admisión, cuerpo docente, prevención de riesgos de salud asociados a las prácticas pre-profesionales, competencias adquiridas por los estudiantes, metodología de enseñanza-aprendizaje, organización administrativa, servicios académicos complementarios, así como infraestructura física y equipamiento.

Aprobados los estándares mínimos, las facultades y las escuelas de Medicina que contaran con una o más promociones de egresados tuvieron un año, hasta enero de 2002, para solicitar la acreditación ante la CAFME, debiendo iniciar antes el proceso de autoevaluación conforme a los estándares mínimos aprobados. Conseguida la acreditación, ésta debe ser renovada cada cinco años.

Las universidades con autorización de funcionamiento definitivo, pero cuyas facultades o escuelas de Medicina no cuenten aún con egresados, deben someterse a visitas de verificación por parte de la CAFME para comprobar el cumplimiento de los estándares mínimos, y cada año deben informarla sobre el cumplimiento de dichos estándares.

Para las facultades y escuelas de Medicina en universidades con autorización de funcionamiento provisional, corresponde al CONAFU (El Consejo Nacional para la Autorización del Funcionamiento de Universidades), en coordinación con la cafme, verificar el cumplimiento de los estándares mínimos mientras dure la situación de provisionalidad. CONAFU, además, debe tener en cuenta los estándares mínimos cuando evalúe los proyectos de creación o de fusión de universidades que incluyan facultades o escuelas de Medicina. Por último, para el caso de las universidades con autorización definitiva de funcionamiento, corresponde a la CAFME autorizar la creación de nuevas facultades o escuelas de Medicina.

En enero de 2002, cuando el proceso de acreditación estaba en pleno desarrollo, se aprobó el Manual de Procedimientos de la Comisión de Acreditación. Este Manual establece los procedimientos específicos para cada uno de los casos mencionados.

Aprobados los estándares mínimos en enero de 2001, comenzó de inmediato el proceso de acreditación. En 1958 había en el Perú tres facultades de Medicina, todas ellas públicas. De 1960 a 1990 se crearon otras 11 (cuatro privadas y siete públicas), y de 1990 a 1998 se establecieron 14 nuevas facultades (ocho privadas y seis públicas). Con el fin de detener este irracional crecimiento, en 1999 se suspendió la creación de nuevas facultades. La acreditación se aplica, pues, a los 28 centros académicos (12 privados y 16 públicos) que existen actualmente en el país para la formación de médicos.

En 2001 comenzaron las visitas a las facultades para verificar el cumplimiento de los estándares. De las 19 facultades con una o más promociones de egresados, siete (tres privadas y cuatro públicas) consiguieron su acreditación en 2002 por cinco años, mientras que 12 (tres privadas y nueve públicas) lo hicieron en 2003.

Las nueve restantes no tenían aún egresados cuando comenzó el proceso de acreditación, y, por tanto, quedaron sujetas a la verificación del cumplimiento de los estándares según el grado de desarrollo de cada una. La verificación arrojó el siguiente resultado: siete (cinco privadas y dos públicas) cumplieron con los estándares correspondientes, y dos (una privada y otra pública) no lo hicieron; por eso quedaron sujetas a nuevas verificaciones, e, incluso, expuestas a que la CAFME pudiera solicitar a la Asamblea Nacional de Rectores la suspensión de nuevas inscripciones.

Logros indiscutibles de la CAFME han sido:
1. Haber incorporado a las 28 facultades y escuelas de Medicina, a los principales colectivos de médicos y a instituciones de salud, al proceso de elaboración de los instrumentos de evaluación y acreditación, que, además, están prolijamente desarrollados;
2. Estar impulsando la cultura de la calidad en los medios de la formación médica;
3. Haber puesto en la agenda política y universitaria la necesidad de la acreditación; y,
4. Haber desarrollado criterios y procedimientos que pueden servir de antecedentes para la extensión de la práctica de la acreditación a otras áreas profesionales.
Sin embargo, se le critica que confunda acreditación con certificación, reduciendo la condición para la acreditación al cumplimiento de los requisitos exigidos para la autorización o continuación del funcionamiento; que haya fijado estándares de calidad no equivalentes a los exigidos internacionalmente; y que se haya convertido en instancia de legitimación de la mediocridad y de la falta de idoneidad, al acreditar prácticamente a todas las facultades existentes.

De ser ciertas, estas críticas echarían por tierra el sentido mismo de la acreditación, para convertirla en un expediente burocrático que en poco o en nada contribuiría a garantizar la calidad de la oferta educativa en las áreas de la salud. En su descargo, hay que decir que se trata de la primera experiencia de acreditación en el Perú, que debe alimentar los actuales procesos de acreditación.

3. Acreditación de estudios universitarios de pregrado
Respondiendo a la cultura de la acreditación que comenzaba a extenderse en los ambientes universitarios, la Asamblea Nacional de Rectores (ANR) constituyó el 1 de febrero de 2002 la Comisión Nacional de Rectores para la Acreditación Universitaria (CNRAU). Además de revisar y de hacer propuestas de estándares de acreditación y de evaluación de las universidades, la Comisión se propone difundir la necesidad de la evaluación, y facilitar y promover que se instalen mecanismos permanentes de autoevaluación. Para ello, la CNRAU apoya las actividades de las universidades dirigidas a mejorar la calidad de la educación que imparten, y propicia y promueve talleres de motivación para incorporar la cultura de la auto evaluación. La Comisión cuenta con el apoyo de la Dirección General de Investigación y Acreditación Universitaria, que, por otra parte, se encarga de mantener la información relacionada con el proceso de mejoramiento de la calidad en las universidades.

La CNRAU está compuesta por un Comité Central integrado por cinco rectores, y por un Comité Ampliado de ocho rectores, y se apoya en una Comisión Técnica de la ANR, constituida por la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, la Dirección General de Investigación y Acreditación Universitaria, la Oficina de Asesoría Académica y la Secretaría General.

En el 2002 la CNRAU llevó a cabo una serie de reuniones en las que se acordó, entre otras cosas: contratar a un experto para desarrollar la filosofía y los conceptos básicos de la acreditación; incorporar a especialistas por áreas profesionales para la elaboración de un plan de trabajo; informar a los colegios profesionales sobre la creación y el funcionamiento de la CNRAU y solicitarles sus sugerencias; difundir los avances en la página web de la ANR; proponer a las universidades el establecimiento de una Oficina de Evaluación y Acreditación, con representantes de las diversas facultades; remitir el documento «Propuesta de Acreditación-Programas de Postgrado» a las escuelas de postgrado de las universidades, a fin de que éstas envíen sus iniciativas para perfeccionar el documento; organizar un foro de escuelas de postgrado para discutir la propuesta de acreditación; organizar un ciclo de conferencias y de seminarios sobre auto evaluación en las áreas de ingeniería, humanidades y ciencias sociales, ciencias puras y ciencias de la salud, con la participación de la CAFME y de Fernando Ocampo, experto mexicano en acreditación en áreas de ingeniería; impulsar un seminario sobre evaluación y acreditación en educación, con el propósito de analizar el proyecto de ley destinado a institucionalizar la acreditación de las facultades de educación; solicitar que la autorización para el funcionamiento de nuevas escuelas de postgrado se otorgue tras la aprobación de los estándares mínimos de acreditación; hacer seguimiento de los procesos de auto evaluación y acreditación de las universidades; constituir grupos de trabajo para elaborar estándares por áreas afines; y poner a punto programas regionales de capacitación para evaluadores.

La CNRAU continuó sus trabajos en el 2003 en favor de la promoción y el apoyo a las universidades, para la difusión de la cultura de la calidad y para la ampliación y profundización de los conceptos sobre auto evaluación y mejora continua con fines de acreditación universitaria. Para ello, organizó o auspició la realización de talleres y de seminarios en las universidades, que han contribuido a difundir la cultura de la calidad, a profundizar y a socializar los conceptos básicos de la acreditación, y a elaborar herramientas prácticas para iniciar los procesos de auto evaluación, preparando así las condiciones para la acreditación.

Fruto de estos esfuerzos fue la creación, en el propio 2003, de oficinas de evaluación y acreditación en 28 universidades públicas y 29 privadas. Además, la CNRAU considera como un tema de especial relevancia en su plan de trabajo la elaboración de estándares de calidad. Con el apoyo de la Dirección General de Desarrollo Académico de la ANR y con la participación activa de los decanos y de los jefes de las escuelas profesionales, se han elaborado y aprobado los estándares de calidad de las especialidades de Educación, Derecho y Estomatología con sus respectivos postgrados, así como los estándares mínimos de auto evaluación con fines de acreditación de las ingenierías. Estos estándares ya están siendo aplicados por algunas universidades, y sus avances constituyen una valiosa experiencia para la formulación de los de las especialidades que faltan.

De todos los procesos puestos en marcha, la ANR está reuniendo una importante masa de informes, de documentos, de investigaciones y de publicaciones sobre auto evaluación y acreditación, que pone a disposición de las universidades y de los grupos interesados en el tema. Por otra parte, las oficinas especializadas de la ANR brindan información y asesoría a todas las personas y a todas las instituciones preocupadas por el mejoramiento de la calidad educativa y por las prácticas de la acreditación.

Un paso importante en el proceso de introducción de la acreditación ha sido la creación por la ANR del Consejo Nacional de Acreditación Universitaria. El 28 de octubre de 2003 la ANR, después de comprobar el interés que existe de preparar a las universidades para que a mediano plazo puedan solicitar la acreditación correspondiente y de dar a conocer los avances producidos, aprobó la propuesta de creación del Consejo Nacional de Acreditación Universitaria, y acordó elevar al Congreso de la República, para su ratificación, un proyecto de ley en este sentido. Mientras tanto, la ANR, por resolución de enero de 2004, creó el Consejo como organismo autónomo, técnico, administrativo y con recursos propios, encargado de elaborar las normas para llevar a cabo los procesos de acreditación de la educación universitaria, así como la administración, la supervisión y la evaluación permanentes de las universidades.

El Consejo Nacional de Acreditación Universitaria formará parte de la estructura de la ANR, y estará integrado por dos representantes de los Colegios Profesionales, por dos de la CONFIEP (Confederación Nacional de Empresarios Privados), por un representante del Ministerio de Educación, por otro de la Asamblea Nacional de Rectores, por dos representantes del Ministerio de la Producción, por uno del Ministerio de Economía, por uno de los Consejos Regionales Universitarios, y por un representante del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.

En cuanto al Programa de Formación de Evaluadores, los avances de la ANR han sido menores. Para su elaboración se ha contado con el apoyo de organismos de acreditación de países cercanos: la CNA de Colombia y el CONEAU de Argentina.

Por otra parte, la ANR, aprovechando la apertura de la Comunidad Andina (CA) a una integración que supera lo estrictamente comercial, está tratando de interesar a su Secretaría General para que actúe en procesos de acreditación con perspectiva regional. Además de solicitar el apoyo de la CA para el desplazamiento de expertos, sobre todo en el área de formación de evaluadores, la ANR ha propuesto la elaboración de un documento base para la homologación de títulos y para la acreditación de carreras, y está empeñada en crear el Comité Andino de Acreditación de Profesionales. Estas propuestas se dan en un contexto en el que son cada vez más intensos los intercambios y la movilidad de capitales, de productos, de instituciones, de personas, de procedimientos, de imágenes y de símbolos entre los cinco países que conforman la Comunidad Andina: Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela.

En el 2004, la ANR ha seguido trabajando en la aplicación y en el perfeccionamiento de los estándares de auto evaluación ya aprobados, y en la elaboración de otros para algunas de las carreras que faltan: Administración, Antropología, Arquitectura, Arte, Contabilidad, Economía, Psicología y Sociología, entre otras. Paralelamente, está empeñada en la elaboración de guías para la realización de los procesos de auto evaluación y para la formulación de proyectos de mejoramiento sobre la base de tal auto evaluación, y en el desarrollo de actividades relacionadas con la formación de evaluadores.

Por otra parte, la ANR participa en la Red Iberoamericana de Evaluación y Acreditación de la Calidad de la Educación Superior (RIACES), que tiene como misiones extender la cultura de la calidad y promover la elaboración y la aplicación de herramientas para la evaluación y la acreditación de la educación superior en el mundo iberoamericano.

Finalmente, como aporte importante de la ANR, hay que mencionar la contribución de la experta en acreditación y responsable de la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, Doris Maraví, que ha sido encargada de la elaboración del glosario de evaluación y acreditación universitaria que tiene en prensa la ANECA de España. Para la elaboración de dicho glosario, la OEI ha conseguido también la participación de expertos peruanos y de otros ámbitos de Iberoamérica.

En consonancia, y con frecuencia en coordinación con los avances de la ANR en materia de acreditación, las universidades peruanas han comenzado a movilizarse para difundir la cultura de la calidad, y para preparar las condiciones necesarias destinadas a iniciar los procesos de auto evaluación, de evaluación externa y de acreditación.

Los decanos de las facultades de Educación realizan reuniones anuales, desde 1993, para discutir los estándares mínimos de calidad. La aprobación de esos estándares no se ha producido todavía.

En 1996 se reunieron cuatro universidades privadas de Lima (la Pontificia Universidad Católica del Perú, la Universidad de Lima, la Universidad Peruana Cayetano Heredia y la Universidad del Pacífico) para formar el «Consorcio de Universidades». Dicho consorcio ha tenido como meta, desde sus inicios, el mejoramiento de la enseñanza, y alberga la intención de llegar a la acreditación de sus carreras.

Desde 1996 varias universidades (Pontificia Universidad Católica del Perú, Universidad Nacional de Ingeniería, Universidad Nacional Federico Villarreal, Universidad de Piura, y Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas) están trabajando para lograr la acreditación de sus carreras de Ingeniería Civil en la Accreditation Board for Engineering and Technology (ABET), una institución privada norteamericana. Recientemente se estudia también la acreditación de las carreras de Electricidad, de Electrónica y de Sistemas en la propia ABET de las Universidades Nacional de Ingeniería, Pontificia Universidad Católica del Perú, Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas y Universidad San Martín de Porres.

Las principales universidades del país han constituido durante los últimos dos o tres años oficinas centrales de control de calidad o de acreditación. Por lo general, el trabajo de dichas oficinas está centrado en difundir dentro de su universidad información sobre las necesidades de la calidad educativa y de la acreditación, tratando de sensibilizar a sus docentes, organizando seminarios y publicando documentos (por ejemplo, la oficina respectiva de la Universidad Nacional de Ingeniería ha publicado seis volúmenes que reúnen libros y artículos sobre calidad y acreditación). Existen también importantes publicaciones sobre el tema editadas por la Universidad Peruana Cayetano Heredia.

4. Acreditación de los estudios de postgrado
Sumándose a los esfuerzos que vienen haciendo diversas redes institucionales, el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONCYTEC) se propuso también contribuir a la difusión de la cultura de la calidad educativa, sobre todo con respecto a los estudios de postgrado.

Es sabido que los estudios de postgrado, cuya oferta se ha incrementado mucho en los últimos años, adolecen de una serie de deficiencias. Según un informe del CONCYTEC, las principales son las siguientes: desadecuación entre la oferta formativa y las necesidades del desarrollo, falta de programas de investigación que sirvan de sustento a los programas de postgrado, escasa producción científica, bajas tasas de graduación en relación con el número de egresados, y carencia de un organismo que ofrezca información confiable y que asegure la calidad de los estudios de postgrado.

Para contribuir a mejorar esta situación, el CONCYTEC, en su calidad de órgano promotor y coordinador del desarrollo científico y tecnológico, cuenta con diversos programas de apoyo (becas para estudios de postgrado, ayudas a la investigación, proyectos especiales, etc.), y gestiona y orienta fondos de ayuda a la investigación y a la formación de postgrado de acuerdo con las necesidades del país y con al progreso científico-tecnológico.

Con el fin de desempeñar de manera apropiada esta misión, el CONCYTEC necesita, entre otras cosas, desarrollar una estrategia para el mejoramiento de la calidad de la formación y de la investigación en función de las necesidades del país y de los estándares internacionales. Siendo la enseñanza de postgrado la vía usual para la formación de investigadores y el entorno en el que se desarrolla buena parte de la investigación, es lógico que el CONCYTEC promueva el mejoramiento de la calidad de las instituciones y de los programas que imparten formación de postgrado.

Después de hacer un diagnóstico de la situación y de la calidad de los estudios de postgrado en áreas consideradas como prioritarias para el desarrollo nacional en el actual contexto de globalización, el CONCYTEC ha creado recientemente el Programa de Promoción y Evaluación de la Calidad de los Estudios de Postgrado (PECEP). Este Programa se propone proveer de criterios, de instrumentos operativos y de información precisa al concytec, y, en general, a los organismos que apoyan la investigación y la formación de alto nivel, para la toma de decisiones con respecto a sus políticas, a las estrategias y a las acciones de apoyo a grupos de investigación y de formación de postgrado. A partir de este objetivo general, el PECEP llevará a cabo una política participativa y una estrategia de mejoramiento de la calidad de los estudios de postgrado, orientadas a promover la cultura de la calidad y a llevarla a la práctica a través de mecanismos concretos de auto evaluación.

Para promover la cultura de la calidad de los estudios de postgrado en áreas consideradas prioritarias, el programa PECEP ha desarrollado cuatro talleres regionales de trabajo: Arequipa, Huancayo, Pucallpa y Trujillo, con escuelas de postgrado y con institutos de investigación, a fin de aglutinar información sobre la situación de la investigación y de los estudios de postgrado, de facilitar las conexiones y los intercambios, de optimizar los contenidos, los procesos y la institucionalidad de la gestión, y de elaborar lineamientos para mejorar la calidad de los estudios de postgrado. Como culminación de esta primera etapa, y con el apoyo de la OEI, se realizó en Lima (25-28 de agosto de 2004) el seminario «La investigación y los postgrados en ciencia y tecnología en el Perú». Un informe pormenorizado que publicará próximamente la Revista Iberoamericana de Educación (RIE), dará cuenta del desarrollo del PECEP y de los avances que ha realizado.

Pero no sólo le preocupa al CONCYTEC mejorar la calidad de los estudios de postgrado. La ANR y algunas universidades también están empeñadas en iniciar procesos de evaluación y acreditación en las escuelas de postgrado. La ANR formó en el 2002 una comisión técnica para elaborar una Propuesta de Acreditación de Programas de Postgrado. Tal propuesta fue enviada en mayo de ese año a todas las universidades, pidiéndoles su opinión. Sólo una privada de reciente creación contestó, y, en junio de 2003, la ANR remitió otra vez el documento a todas las universidades.

También en dicho mes, y para su consulta, la ANR dirigió a las universidades el documento Requisitos mínimos para la organización y funcionamiento de una escuela de postgrado o sección de postgrado. En ese documento se indica un conjunto de requisitos necesarios, tanto cualitativos como cuantitativos para el funcionamiento de una escuela de postgrado, tales como organización, planes de estudio, facilidades para el uso de bibliotecas y de laboratorios, y número y calidad de docentes.

Por su parte, en 1997 la Sección de Postgrado de la Facultad de Ciencias de la Universidad Nacional de Ingeniería pidió a la Asociación Universitaria Iberoamericana de Postgrado (AUIP), de la cual la UNI es miembro (como también lo son las universidades Católica del Perú, Católica Santa María de Arequipa, de Lima, de Piura, Ricardo Palma y San Marcos), una evaluación de su programa de doctorado cooperativo en Física, que cuenta con el apoyo de la cooperación internacional (sobre todo de la Universidad sueca de Uppsala), y que tuvo su primer graduado (doctor en Física) en 1990. Esta evaluación fue realizada por dos expertos de la AUIP, uno de España y otro de Colombia, que incluyó una visita a la UNI de una semana en noviembre de 1997, y que concluyó con un amplio informe, todavía inédito, que indicaba que los estudios de doctorado son de buena calidad, que los graduados tienen un alto nivel, mas que el programa es básicamente resultado del esfuerzo de pocos docentes, aun tomando en consideración el apoyo de la cooperación internacional, pero que no muestra el respaldo ni la institucionalización requeridos para ameritar una acreditación. Con esta evaluación, cuyo resultado era previsible para los docentes involucrados, se buscaba obtener un mayor apoyo al programa por parte de la UNI, especialmente económico, lo que se ha logrado, pero de forma muy limitada.

La Escuela de Postgrado de la Universidad Peruana Cayetano Heredia elaboró, en septiembre de 2002, el documento Hacia un modelo de auto evaluación de calidad de programas de postgrado, inspirado a su vez en el documento Evaluación y acreditación de programas de postgrado-Guía de auto evaluación, de la AUIP, y que es hoy la base para una auto evaluación de las escuelas de postgrado del ya mencionado Consorcio de Universidades.

5. Legislación sobre acreditación

La legislación sobre evaluación y acreditación de estudios superiores, si exceptuamos lo relativo a las facultades y escuelas de Medicina (parágrafo 2), es aún muy reciente.

En el Perú la educación superior, sea pública o privada, comprende la superior no universitaria y la universitaria. La primera se rige por la Ley General de Educación (LGE), y es impartida por los institutos superiores tecnológicos, por los institutos superiores pedagógicos, por las escuelas nacionales de artes, y por otros centros de formación superior. La segunda se rige por una ley específica, la Nº 23733, que fue promulgada en diciembre de 1983, y que es conocida como ley universitaria. Después de esa fecha se aprobaron algunas normas que modificaron aspectos concretos de la ley universitaria. Es importante anotar que, por disposición de la Constitución, cada universidad es autónoma. La Asamblea Nacional de Rectores (ANR), que las comprende a todas, es una instancia de coordinación interuniversitaria. Existe, además, el Consejo Nacional para la Autorización del Funcionamiento de Universidades (CONAFU), cuyas atribuciones sólo se refieren a la licencia inicial de funcionamiento de universidades nuevas y a su seguimiento durante los primeros cinco años.

La Ley Universitaria vigente, la ya citada Nº 23733, no dice nada sobre acreditación ni sobre evaluación; lo único que establece (artículo 25) es que las universidades están obligadas a mantener sistemas de evaluación internos para garantizar la calidad de sus graduados y de sus profesionales. La ausencia de normativas precisas ha hecho que la calidad de la oferta de educación superior quede librada a la voluntad y al buen criterio de las propias universidades.
Esta situación ha sido corregida por la nueva LGE la Nº 28044, que fue promulgada en julio de 2003, pero cuyo reglamento aún (agosto 2004) no ha sido aprobado.

Con respecto al mejoramiento de la calidad educativa y a la introducción de la acreditación, la LGE introduce como principios de la educación peruana «la calidad, que asegura condiciones adecuadas para una educación integral, pertinente, abierta, flexible y permanente» (art. 8.• inc. «d»); crea el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (art. 14.•) con los organismos que lo componen: el Instituto Peruano de Evaluación, Acreditación y Certificación Educativa, para educación básica, y con «un organismo que será creado y normado por ley específica», para educación superior (art. 15.•); y establece como funciones de estos organismos las siguientes (art. 16.•):

a) Promover una cultura de la calidad entre los docentes y las instituciones educativas.

b) Evaluar, en los ámbitos nacional y regional, la calidad del aprendizaje y de los procesos pedagógicos y de gestión.

c) Acreditar, periódicamente, la calidad de las instituciones educativas públicas y privadas.

d) Certificar y recertificar las competencias profesionales.

e) Difundir los resultados de las acciones evaluadoras y acreditadoras de las instituciones educativas, haciendo uso de los medios de comunicación.

f) Desarrollar programas orientados a formar profesionales especializados en evaluar logros y procesos educativos.

g) Compatibilizar los certificados, los grados, los diplomas y los títulos educativos nacionales, y establecer su correspondencia con certificaciones similares expedidas en el extranjero.

h) Elaborar, con participación de las instancias descentralizadas, los indicadores de medición de la calidad que contribuyan a orientar la toma de decisiones.

Por otro lado, la mencionada LGE (art. 21.•) establece que el Estado promueve la universalización, la calidad y la equidad de la educación, asignándole, entre otras, las siguientes funciones:

a) Ejercer un rol normativo, promotor, compensador, concertador, articulador, garantizador, planificador, regulador y financiador de la educación nacional.

c) Promover el desarrollo científico y tecnológico en las instituciones educativas de todo el país, y la incorporación de nuevas tecnologías en el proceso educativo.

d) Reconocer e incentivar la innovación y la investigación que realizan las instituciones públicas y privadas.

h) Ejercer y promover un proceso permanente de supervisión y de evaluación de la calidad y de la equidad en la educación.

i) Informar y rendir cuentas, ante los usuarios y ante la población, de la situación y del cumplimiento de los objetivos y de las metas de la educación.

j) Supervisar y evaluar las acciones de educación, de cultura y de recreación a nivel nacional, regional y local.
Desde la promulgación de la LGE, tanto el Ministerio de Educación como la ANR, algunos colectivos de educadores y los propios congresistas, han elaborado propuestas de reglamentación referidas unas a la totalidad de la ley, y otras a los artículos específicos relativos a la evaluación y a la acreditación.

Con respecto al Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (SINEACE) al que se refiere el artículo 14.• de la Ley General de Educación, se propone que sea un sistema único, porque articula los procesos para el mejoramiento de la calidad en todo el territorio nacional; flexible, porque diseña su política respetando las particularidades de las instituciones educativas o de las personas que se encuentran dentro del ámbito de su competencia; e integral, porque abarca los diferentes factores que inciden en la calidad de la educación. Sus organismos operadores serán el Instituto Peruano de Evaluación, Acreditación y Certificación Educativa (IPEACE) para la educación básica y la técnico-productiva, y un organismo creado y normado por ley específica para la superior.

La propuesta del Ministerio de Educación con respecto al IPEACE entiende este instituto como un organismo de derecho público, con autonomía técnica, administrativa y funcional para el ejercicio de sus funciones respecto del Sector Educación, que cuenta con una partida presupuestaria específica. Además, sugiere que el IPEACE establezca relaciones de articulación con el organismo de evaluación, acreditación y certificación de la calidad de la educación superior, con miras a que el diseño de las políticas generales que dirijan las acciones educativas en el ámbito de la educación superior guarden coherencia y tengan como base fundamental la calidad educativa de la educación básica y de la educación técnico-productiva.

En relación con la reglamentación de lo relativo a la acreditación de la educación superior, también hay varios proyectos en la Comisión de Educación del Congreso de la República. Uno de ellos, que cuenta con un cierto consenso en la comunidad educativa, entiende el Consejo Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior (CONEACES) como un organismo autónomo dotado de un régimen legal y administrativo que garantiza su independencia. Es una persona jurídica de derecho público que opera de manera desconcentrada e intersectorial, y que está adscrito al Sector Educación.

Entre sus objetivos señala: contribuir al diseño de las políticas de evaluación, acreditación y certificación de la calidad de la enseñanza superior; garantizar la calidad de las instituciones de educación superior y fomentar en ellas procesos permanentes de mejoramiento de la calidad académica y de gestión, articulando la educación con las necesidades de la sociedad y la responsabilidad de ésta en su función educadora; propiciar que los procesos de creación de las instituciones de educación superior respondan a las necesidades de la sociedad; garantizar que la prestación de servicios profesionales se ofrezca al nivel o por encima de los estándares mínimos de calidad previamente establecidos; promover la integración de la educación superior identificando las diferencias y las complementariedades de las instituciones de educación superior universitarias y no universitarias; y contribuir al diseño de las políticas de desarrollo nacional proporcionando la información obtenida durante el ejercicio de sus funciones.

Como puede comprobarse por lo dicho hasta ahora, el Perú ya cuenta con una Ley General de Educación que introduce la evaluación y la acreditación de la educación, y, en especial, las de la educación superior. Sin embargo, todavía no se han aprobado los reglamentos relativos a los artículos de esta ley que tienen que ver con la evaluación y la acreditación. Se espera que en los próximos meses dichos reglamentos sean aprobados, y que comiencen oficialmente los procesos de evaluación, acreditación y certificación.

A pesar de la falta de reglamentos, lo cierto es que la ley ha dado un significativo impulso a la difusión de la cultura de la calidad y la acreditación. De hecho, las universidades están embarcadas en el montaje de oficinas de evaluación, y en el diseño y elaboración de los materiales y de las herramientas necesarios para iniciar los procesos de autoevaluación, de evaluación externa y de acreditación.

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